El Código Procesal Laboral: una conquista social

Juan Luis Jiménez Succar

Juan Luis Jiménez Succar

El día de hoy me siento muy complacido como Presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos porque puedo decir que estas dos reformas procesales, tanto la procesal civil que aprobamos días atrás, como este Código de Procedimientos Laborales, SON UNA OBRA MAS DE LIBERACION NACIONAL.

Para todos nuestros gobiernos liberacionistas, así como para esta Fracción, las reformas procesales han sido una prioridad, dado que para cualquier estado de derecho, contar con un sistema de justicia fuerte, independiente y cumplidor es una señal positiva para fomentar la legitimidad democrática, en beneficio de los costarricenses, de los operadores del derecho, y también de los jueces.

También debemos destacar que la administración de justicia es un servicio público, y como tal debe tener estándares de excelencia para poder responder de esta manera a todas las demandas sociales y fomentar así la paz social.

Tampoco puedo dejar pasar que Costa Rica es un país donde los índices de judicialización son altísimos, por ello la importancia de estas reformas, porque estamos modernizando nuestro sistema judicial sustancialmente siendo este el primer paso en la dirección correcta, para una justicia más pronta y cumplida.

El día de hoy, no solo estamos cumpliendo con Costa Rica! sino también con los requerimientos que nos ha hecho el derecho internacional, a través de la Organización Internacional del Trabajo, la cual nos ha dicho que si aprobamos este código procesal laboral, estamos cumpliendo con los requerimientos internacionales y defendiendo que se cumplan todos los requerimientos que fomentan el trabajo decente. Entre ellos quisiera citar: “contar con oportunidades de un trabajo que sea productivo y que produzca un ingreso digno, seguridad en el lugar de trabajo y protección social para las familias, mejores perspectivas de desarrollo personal e integración a la sociedad, libertad para que la gente exprese sus opiniones, organización y participación en las decisiones que afectan sus vidas, e igualdad de oportunidad y trato para todas las mujeres y hombres.” (Fuente O.I.T, vía internet)

Es por ello que este Código no solo contiene normas más modernas que garantizan un mejor sistema de justicia, sino también una nueva filosofía de litigio, en el cual no veremos más juicios de 10 años, no más apelaciones injustificadas, no más litigio desleal. No más atrasos de jueces.

¡La nueva justicia que le estamos dando a los costarricenses contiene armas contra estos enemigos de la celeridad!

Y dentro de estas armas, quisiera citar algunos de los logros más importantes de la materia procesal, que estamos aprobando hoy.

Estamos mejorando la regulación a nivel de procesal en los conflictos individuales y colectivos de carácter jurídicos y de carácter económico-sociales y estableciendo reglas claras en el tema de las huelgas, ya sea en el sector privado, como en el público.

En este punto me gustaría aclarar que Liberación Nacional, fue el principal defensor de los usuarios al oponernos contundentemente a la huelga en servicios esenciales, porque creemos ante todo, en la continuación y buen funcionamiento de los servicios que protegen la seguridad y la vida. Este logro lo mantuvimos en este texto.

Estamos reduciendo de 3 a 2 las instancias judiciales. Lo que nos garantiza atacar la mora con apelaciones innecesarias y contra el litigio desleal, que responde a la famosa frase: “de lo que no se gana, se enreda” el margen de maniobra para el litigio de mala fe, se verá consideradamente reducido, porque estamos estableciendo taxativamente las competencias tanto de los tribunales de apelaciones, como los de la Sala de Casación (Sala Segunda).

También se está regulando el tema de la revisión de las sentencias, estableciendo claramente los supuestos de hecho en que esta procede.

Todo esto que les estoy explicando, tanto la reducción de las instancias, como la revisión minuciosa de lo que tiene apelación, disminuirán los recursos en los procesos con la consecuencia en la disminución de los plazos de trámite.

¡Le estamos ganando a la mora judicial con este nuevo Código!

Otro factor importantísimo para atacar a la mora judicial, es fomentar la oralidad como estrategia procesal para mejorar los tiempos de resolución, teniendo claro que los y las trabajadoras necesitan contar con asistencia letrada para lograr un verdadero acceso a la justicia, pues no se concibe un equilibrio en los procesos donde se aplica la oralidad si ambas partes no cuentan con asistencia letrada.

Aunque se dispuso que mientras se logra estructurar el sistema de asistencia legal gratuita para las personas trabajadores que no tienen recursos, se mantiene la posibilidad de litigar sin ese recurso.

Estamos también potenciando la conciliación mediante la oportunidad de procesos por audiencias, buscando en todos los casos la satisfacción extra procesal por arreglo de partes.

También se busca lograr el desarrollo de la especialización de la jurisdicción laboral, lo que responde al mandato constitucional. Lo que se verá traducido en juzgados especializados de trabajo.

¿Por qué esto es importante?

Porque le estamos dando únicamente a los jueces laborales competencia para que conozcan sobre las relaciones de trabajo del sector público, en esta única instancia. No como pasa actualmente que se conocen una gran cantidad de demandas en lo contencioso, sin tener los jueces de lo contencioso el conocimiento de la materia para fallar al respecto, únicamente porque el Estado es parte.

Esta situación la estamos corrigiendo.

También es importante señalar, que como la importancia de la competencia es la materia, la cuantía está perdiendo una gran importancia, porque la estimación solo será necesario para acceder a la casación.

En el tema de la competencia internacional, estamos dando reglas aún más claras, haciendo distinciones expresas, cuando se debe aplicar el derecho interno y cuando el del extranjero.

El tema de la prueba también es de trascendental importancia, porque responde a un nuevo sistema probatorio, procurando una adecuada aplicación de los principios ius-laboralistas. Para esos efectos, se concretan dichos principios y se definen con mayor claridad las cargas probatorias.

Estos son algunos de los tantos avances que estamos promulgando el día de hoy y quisiera felicitar a los compañeros Diputados por el consenso que pudimos tomar, a los señores Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, y a todos los actores que nos acompañaron en este proceso, cámaras, sindicatos, estudiosos del derecho laboral, y demás actores que hoy celebramos esta conquista social.

Finalmente quisiera hacer una reflexión para la Corte Suprema de Justicia. Me parece que este esfuerzo debe ir de la mano con un ahínco de la Corte, para mejorar los problemas de gestión en los despachos. Esta institución debe empezar a medir y a evaluar los resultados de una manera más gerencial, para que así se puedan diseñar futuros procesos de gestión que marquen una calidad indiscutible en la organización y el funcionamiento de los despachos judiciales, lo que conllevará una mejor administración de justicia.

Hoy hemos ganado todos los costarricenses al tener a nuestra disposición una normativa innovadora y moderna acorde a las legislaciones más avanzadas en esta materia y debo agradecer a todos los diputados la disposición en dispensar de todo trámite este Proyecto de Ley y que fuere suscrito como una iniciativa de todos los diputados.

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Diputado, presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos

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