Derecho de respuesta a publicación “don Ennio predique con el ejemplo”

Ennio Rodríguez

Carta

Con respecto a la publicación realizada en este medio, titulada “Don Ennio predique con el ejemplo”, le contesto al señor Randall Sequeira Hernández que, contrario a lo que usted afirma con respecto a mis actuaciones en los ámbitos profesional y como dirigente gremial, con la frente en alto y mirando a los ojos de todos, puedo afirmar reiteradamente que, en efecto, “predico con el ejemplo”. En particular, en el tema de marras que usted, con malas intenciones y de forma infundada, me achaca decisiones al margen de la ley, cuando los más altos tribunales de la República hace tiempo señalaron que siempre actuamos a derecho. Me refiero a las sentencias de la Sala Constitucional y el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, los cuales fallaron en contra suya con respecto a sus pretensiones, que sigue repitiendo como si estos fallos no hubiesen demostrado, con claridad meridiana, sus errores y equivocaciones legales. Esto solo puede denominarse mala fe. Lamento que Cambio Político se preste para jugar con la honra ajena, precisamente cuando está por realizarse la elección de los miembros del Comité Ejecutivo Superior Nacional del Partido Liberación Nacional el próximo 22 de octubre de 2022, en la cual he postulado mi nombre para la Presidencia.

Señala usted, señor Sequeira, de forma infundada, que la Junta Directiva del Colegio de Ciencias Económicas de Costa Rica que presido, violentó los derechos constitucionales y fundamentales al sufragio de todos los colegiados y el derecho de elegir y ser electo, con la emisión del comunicado de fecha 15 de octubre de 2021, en el que se comunicó que no se convocaría “… al proceso de elecciones de nuevos miembros de Junta Directiva para el periodo 2022-2023, así como tener prorrogados los nombramientos de la Junta Directiva, Fiscalía hasta noviembre del 2023, teniendo como fundamento el decreto de emergencia No. 42227-MP-S por el cual se había declarado estado de emergencia nacional en todo el territorio de Costa Rica debido a la emergencia sanitaria provocada por la enfermedad del COVID 19…”

Con esta publicación, Sequeira Hernández insiste en traer tema ya juzgado, en el que tanto la Sala Constitucional como el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, emitieron sentencias en las que ambos órganos declararon la constitucionalidad y legitimidad de la decisión tomada por el Colegio de Ciencias Económicas en el sentido de tutelar los derechos fundamentales a la salud y la vida de los colegiados y demás personas que eventualmente participarían en la Asamblea General del Colegio del año 2021. Cabe señalar que, si bien la votación se realiza de forma electrónica, lo cierto es que ese proceso de votación, por disposición de la Ley Orgánica del Colegio Ley 7105 reformada por Ley 9529, se realiza dentro de la propia Asamblea General.

La decisión que señala Sequeira Hernández fue un acuerdo de la Junta Directiva del Colegio de Ciencias Económicas, que es un órgano colegiado; por lo tanto, no se trata de una decisión unilateral o personal del suscrito como falsamente lo señala usted. Además, la Junta Directiva fundamentó su decisión en un informe técnico legal que recomendó la aplicación de la Ley 9866 del 18 de junio de 2020 denominada “Autoriza prórroga en los nombramientos de Juntas Directivas y otro Órganos en las Organizaciones Civiles que vencen en el 2020, para que este plazo sea extendido hasta el 2021 de manera automática ante la declaratoria de emergencia por el COVID-19” reformada mediante Ley 9956, para tutelar la salud y la vida de las personas que eventualmente asistirían a dicha asamblea. Es importante destacar que en ningún momento la decisión se fundamentó en el decreto señalado falsamente por Sequeira Hernández, sino que el sustento técnico legal lo fue la Ley 9866.

Justamente la sentencia de la Sala Constitucional a la que nos hemos referimos, es la Sentencia número 2022015632, dictada por la Sala Constitucional, a las nueve horas quince minutos del ocho de julio de dos mil veintidós, en la que la Sala Constitucional declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE AMPARO presentado por Sequeira, estableciendo el Tribunal Constitucional, que la decisión tomada por la Junta Directiva del Colegio de Ciencias Económicas no vulneró ningún derecho fundamental. Entre otras razones, la Sala señaló lo siguiente: “En el sub examine esta Sala considera que la actuación de la Junta Directiva recurrida se encuentra sustentada en la aplicación de la Ley 9866 del 18 de junio de 2020 denominada “Autoriza prórroga en los nombramientos de Juntas Directivas y otro Órganos en las Organizaciones Civiles que vencen en el 2020, para que este plazo sea extendido hasta el 2021 de manera automática ante la declaratoria de emergencia por el COVID-19” reformada mediante Ley 9956, vigente a este momento. A luz de lo expuesto, es criterio de este Tribunal que la resolución tomada por la autoridad recurrida y, que se cuestiona en el presente recurso, no se considera abiertamente arbitraria.”

Por su parte, el Tribunal Contencioso Administrativo mediante sentencia N°230-2022 dictada a las dieciséis horas cinco minutos del día seis de mayo del año dos mil veintidós, declaró sin lugar la solicitud de Medida Cautelar presentada igualmente por Sequeira Hernández, contra el acuerdo de Junta Directiva del Colegio antes mencionado. En este caso igualmente el Tribunal avaló lo actuado por la Junta Directiva, señalando entre otros argumentos lo siguiente:

“Respecto al comentario realizado por el gestionante en cuanto al indicar: «(…) que la Junta Directiva y el Tribunal de Elecciones del Colegio estarían protegiendo el derecho a la salud por lo cual sería válido violentar el derecho al sufragio (…) «. Respecto a ello, solo un comentario debe de realizar este Tribunal. La salud y obviamente la vida de las personas, es y seguirá siendo un tema de especial relevancia. Siendo así, se rechaza la medida cautelar gestionada por el señor RANDALL GERARDO SEQUEIRA HERNÁNDEZ.”

En conclusión, Randall Sequeira Hernández, de forma maliciosa y de mala fe expone en su artículo información falsa e inexacta, que además ya fue juzgada tanto por la Sala Constitucional como también fue conocida y resuelta por el Tribunal Contencioso Administrativo. La Junta Directiva del Colegio de Ciencias Económicas ha actuado a derecho en protección del derecho a la vida de las personas que integramos el Colegio de Ciencias Económicas, y acorde con las leyes 9866 y 9956. De lo anterior dan fe tanto la Sala Constitucional como el Tribunal Contencioso Administrativo, al declarar sin lugar el recurso de amparo y la solicitud de medida cautelar, presentados ambos procesos por Randall Sequeira Hernández.

El Colegio de Ciencias Económicas de Costa Rica, es respetuoso del ordenamiento jurídico y por ello, con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional vinculante “erga omnes”, lo señalado por el Tribunal Contencioso Administrativo, lo dispuesto en la Ley 9866 reformada mediante Ley 9956, y lo establecido en la Ley Orgánica del Colegio, la Junta Directiva respetará el bloque de legalidad vigente y convocará a las elecciones de Junta Directiva, Fiscal y Suplentes, conforme los plazos y periodos establecidos en la Ley Orgánica del Colegio.

La Junta Directiva del Colegio de Ciencias Económicas, cuerpo colegiado que me honro en presidir, ha actuado y lo continuará haciendo hasta el fin de nuestro periodo, con apego a las leyes de la República y respetando las normas éticas que deben enmarcar el accionar de todos los colegiados. Basta de infundios señor Sequeira.

Nota del Editor: Con mucho gusto accedemos a darle al señor Rodríguez el derecho de respuesta solicitado. En cuanto a su lamento que “Cambio Político se preste para jugar con la honra ajena”, podemos afirmar que en este medio nunca nos hemos prestado a jugar con las honras de nadie, sencillamente publicamos un artículo de opinión que nos enviaron. Como en muchas otras ocasiones, valga la aclaración de don Ennio, que no era necesaria enmarcarla dentro de un derecho de respuesta, pues se la hubiéramos publicado de inmediato, como estamos haciendo ahora.

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