El problema no son las offshore

Jorge Méndez

Jorge Méndez Zamora

Hoy día la actividad profesional de las personas físicas se realiza en distintas zonas geográficas del mundo y las empresas desarrollan y fraccionan sus procesos productivos por todo globo, siendo realmente de carácter multinacional, facilitados por el sistema financiero internacional que permite la gestión permanente a cualquier hora y todos los días de año.

Esa, sin dudas, debe haber sido la motivación que llevó a un buen grupo de costarricenses honestos a abrir sociedades transfronterizas, que ahora aparecen citados en el sonado caso The Panamá Papers, de forma ligera e irresponsable.

La alerta debe surgir si en la lista se encuentran nombres de personas ligadas a empresas que ya tienen antecedentes en procesos judiciales por evasión fiscal. Es ahí donde está el nudo gordiano que deberán cortarlas autoridades de Hacienda y para lograrlo deberá despejar algunas incógnitas, entre ellas:

I. ¿Cuál es la razón por la que esas personas con archivos negativos en tributación buscaron territorios dónde existe ausencia o baja carga de impuesto de renta, inexistencia de convenios de intercambio de información tributaria con otros Estados, férrea regulación dirigida a la protección del secreto bancario, anonimato en el manejo de las sociedades mercantiles y anémica existencia de normas dirigidas revelar los datos de los inversionistas físicos o jurídicos?

II. ¿Con cuál objetivo desplazaron al paraíso fiscal el elemento subjetivo como la residencia o domicilio, quedando sujetos a las reglas fiscales de esa jurisdicción, y reduciendo o eliminando sus obligaciones fiscales en Costa Rica, no obstante su real relación con nuestro país?. O ¿con qué fin trasladaron los elementos objetivos del negocio y del lugar de pago de las obligaciones tributarias que genere?

III. ¿Están utilizando nocivamente los precios de transferencia de modo que la empresa relacionada con un paraíso fiscal pueda estar manipulándolos y trasladando sus beneficios hacia países de menor tributación, sin hacer en la realidad ningún movimiento de capital. Por ejemplo, creando en un país que es paraíso fiscal una sociedad anónima que adquiere bienes a un bajo precio para revenderlos a otra empresa del mismo grupo ubicada en Costa Rica? ¿Lo hacen con el objetivo de vaciar la base imponible en el país de origen y en el nuestro, acumulando la utilidad contable tributaria en la sociedad situada en el paraíso fiscal?

IV. ¿Han constituido sociedades de base para separar las actividades del proceso productivo empresarial en distintos países, cada uno de ellos con distintos regímenes impositivos? ¿Lo han hecho para asegurar que en ningún caso la sumatoria de las cargas tributarias, dispersas territorialmente, sería mayor al presupuesto de que se desarrollara toda la actividad en el territorio de Costa Rica? ¿Han instalado la sociedad madre en territorio nacional, mientras que las otras compañías secundarias lo hacen en países distintos con niveles inferiores de cargas tributarias? ¿Dichas sociedades son dirigidas por personas o empresas cuyo domicilio es otro país? ¿Esas sociedades de base reciben ingresos de diversas fuentes que no son tributados en el país donde reside el contribuyente y simplemente pagan en el país donde generan actividad con cargas tributarias bajas.? ¿Fijaron su establecimiento en paraísos fiscales para que no se les grave con tributos la distribución de participaciones en el negocio tanto a lo interno de la sociedad o en la distribución a la controladora, ya sea por distribución de dividendos o plusvalía en su patrimonio?

V. ¿Se han aprovechado de convenios para evitar doble tributación? ¿Hay personas que residen en un Estado –por ejemplo Costa Rica- que no tiene convenio con otro –verbigracia Austria-, que se han se aprovechado del convenio que hipotéticamente tiene Austria con otro país, por ejemplo Bahamas, para lo cual han establecido una sociedad en este ultimo país donde las cargas fiscales son bajas? Una vez realizado lo anterior, ¿han trasladado hacia esa sociedad de Bahamas ingresos provenientes de Costa Rica e invocado el convenio para evitar la tributación en la fuente?

VI. ¿Han usado sociedades de servicios para, aparentemente, apoyar en las actividades no relacionadas con la producción e industria? ¿ A esas sociedades que se domicilian en paraísos fiscales, le han contratado actividades de gestión pagándoles servicios con el fin de transferir recursos de un país de alta obligación tributaria a otra sociedad radicada en un lugar de baja tributación y escaso control estatal?

VII. ¿Han utilizado subcapitalizaciones domiciliando una sociedad en un país que paraíso fiscal con baja o ninguna carga tributaria para realizar desde ahí altas dotaciones de capital a otras sociedades ubicadas en países de mayor carga tributaria, bajo la mampara de préstamos? ¿Lo han hecho con el objetivo de que la empresa tomadora del préstamo deduzca los intereses que paga de su base imponible, endeudándose desproporcionadamente y afectando al Estado donde genera sus renta?

VIII. Como bien es conocido desde el punto de vista tributario, la financiación a través de recursos propios o ajenos incide de forma distinta en la carga tributaria final que soporta tanto quien percibe la financiación como en el sujeto que la aporta. ¿Los intereses por la utilización de capitales ajenos han sido considerados gastos de explotación fiscalmente deducibles que les ayudaron a minoran el beneficio gravable? ¿Evitaron con ello que la parte de beneficio que la sociedad podía distribuir como dividendo no tuviera la consideración de gasto fiscalmente deducible y por tanto no se integrara plenamente su base imponible gravada?

Si las autoridades tributarias no acometen con seriedad esa tarea, nos quedaremos ante una noticia sensacionalista, como es cada día más frecuente en la prensa comercial, que solo sirvió para dañar la honra de justos, muchos por cierto, que pagaron por unos cuantos pecadores.

Evalúe este artículo: 1 Estrella2 Estrellas3 Estrellas4 Estrellas5 Estrellas (5 votos, promedio: 4,80 de 5)
Cargando...

Abogado

Revise también

Roberto Dobles

Gases de efecto invernadero

¿Por qué continúan creciendo las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero que aceleran el …

Un comentario

  1. Jorge Alfredo Robles

    Muy interesante este comentario pero como el comentarista señala este feo asunto de verse con «pinzas» y no con el irresponsable sensacionalismo que se ha presentado hasta ahora metiendo en un mismo saco a todo el mundo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *