Pronunciamiento sobre el Expediente 23.414 y la modernización del Sistema Eléctrico Nacional del Sector Ambiental y Energético del Partido Liberación Nacional

Las personas profesionales en materia ambiental y energética que colaboramos con los órganos del Partido Liberación Nacional para la discusión y formulación de políticas públicas expresamos nuestro rechazo al Expediente 23.414, Ley de Armonización del Sistema Eléctrico Nacional, y nuestro apoyo a la construcción de la Ley de Seguridad Energética y Modernización del Sistema Eléctrico Nacional.
Compartimos el diagnóstico de que el sistema eléctrico costarricense necesita modernizarse: la demanda crece con la electrificación del transporte y la industria, la variabilidad climática presiona la generación hidroeléctrica, las plantas solares y eólicas se construyen en meses mientras la red de transmisión tarda años, y el almacenamiento todavía no forma parte de la planificación operativa. Ese diagnóstico exige una reforma a corto plazo para atender los retos que plantea el cambio climático mientras se mantiene el perfil de sostenibilidad del sistema. El Expediente 23.414 responde a él con un instrumento equivocado, diseñado para un problema de los años noventa, y con un articulado cuyos costos recaen sobre los usuarios regulados.
Ocho razones técnicas para rechazar el Expediente 23.414
- Traslada los costos fijos de la red a familias, pymes y comercio. Al habilitar a los grandes consumidores para comprar directamente en el mercado mayorista (arts. 3.n, 29 y 35), el costo de líneas, subestaciones y mantenimiento que esos consumos dejan de pagar se redistribuye entre los abonados que permanecen en la tarifa regulada. El texto no incluye cargo de acceso, cargo por respaldo ni estudio de impacto tarifario. La Cámara de Empresas de Distribución (CEDET) describió este efecto en 2023.
- Elimina la rebaja tarifaria que hoy producen las exportaciones del ICE. Bajo la metodología de Costo Variable de Generación, los ingresos de exportación al Mercado Eléctrico Regional regresan trimestralmente a todos los abonados; en el cuarto trimestre de 2022 esa liquidación redujo el costo de generación en 30,3%. Al habilitar exportadores privados y sacar la generación del servicio público (arts. 3.v, 34 y 41), esa devolución desaparece.
- Crea un operador sin parque de respaldo, dirigido por los agentes del mercado y financiado con un canon sin tope. El ECOSEN asume la responsabilidad del abastecimiento nacional sin una sola planta propia (art. 26), con una junta directiva en la que cuatro de cinco miembros representan a agentes que compran y venden en el mercado que el ente despacha (art. 21), con silencio positivo sobre el plan de expansión (art. 11.d) y con un canon referenciado a su propio presupuesto (arts. 20 a 23). La transición dura al menos 30 meses, durante los cuales el sistema paga el canon sin que el mercado opere y las soluciones a corto plazo no llegan.
- Se penaliza la inversión pública futura y se protegen los contratos privados vigentes. Las plantas nuevas del ICE, la CNFL, la ESPH, la JASEC y las cooperativas deben competir a su riesgo en subastas (art. 52) y la prioridad de despacho de las plantas públicas caduca en diez años (Transitorio XIII), mientras los contratos privados conservan sus condiciones (art. 63). En 2023 la generación del ICE se liquidó a 78,5 USD/MWh, frente a 96 USD/MWh de la Ley 7200 y 126,4 USD/MWh de la Ley 7508, según los balances del DOCSE.
- La iniciativa carece de metas cuantificables de sostenibilidad y descarbonización, así como de mecanismos suficientemente definidos para articular la reforma con el Plan Nacional de Descarbonización y los instrumentos de protección ambiental. También expresa preocupación por las condiciones previstas para recurrir a la generación térmica basada en combustibles fósiles ante un eventual riesgo de desabastecimiento eléctrico, debido a la falta de criterios y límites suficientemente precisos en el texto analizado.
- El proyecto desconoce dónde está la restricción real del sistema. La Contraloría General de la República documentó en 2026 atrasos de hasta 6,6 años y sobrecostos de 13.437 millones de colones en la transmisión, solicitudes de conexión que tardan once meses y plantas sin punto de conexión viable. El proyecto deja la transmisión en el ICE con las mismas limitaciones, le retira la planificación y menciona el almacenamiento una sola vez, sin remuneración ni plan. Privatiza el segmento que funciona y deja intacto el que falla.
La evidencia comparada confirma el riesgo
La evidencia comparada confirma el riesgo. En Panamá, Chile, Colombia, Reino Unido y Texas, la apertura del mercado eléctrico trasladó el riesgo de precio a los usuarios y terminó en subsidios permanentes, congelamientos con deuda diferida o rescates pagados por la factura. En Costa Rica, tres décadas de compras a generadores privados bajo la Ley 7200 produjeron sobreprecios que la Contraloría cuantificó incluso con tarifas reguladas; el Expediente 23.414 elimina esa regulación y, con ella, la herramienta que permite detectarlos.
La modernización que necesita el país
La Ley de Seguridad Energética y Modernización del Sistema Eléctrico Nacional, en construcción, atiende los mismos problemas con instrumentos de menor costo y mantiene la generación dentro del servicio público. Respaldamos sus ejes centrales:
- Un operador técnicamente independiente dentro del ICE, con director nombrado por concurso a seis años y con la interferencia política o empresarial tipificada como falta grave, que conserva el parque de respaldo bajo el mismo mando que el centro de control.
- Un orden de prioridad para la nueva capacidad que coloca primero la eficiencia energética, la repotenciación, las fuentes renovables, el almacenamiento, la generación distribuida, y reserva la generación térmica para cuando todo lo anterior resulte insuficiente, con estudio público.
- Mayor participación privada dentro de un sistema planificado: centrales de hasta 40 MW y un techo del 25% de la potencia del sistema bajo la Ley 7200 reformada, con cooperativas y empresas municipales fuera de ese límite y con preferencia en los concursos.
- Prioridad absoluta de la demanda nacional sobre cualquier exportación, y un Canon de Solidaridad Energética sobre las exportaciones destinado a eficiencia, infraestructura y protección tarifaria de los hogares vulnerables.
- Exención de cargos a la generación distribuida residencial y autorización expresa del autoconsumo renovable agropecuario con almacenamiento.
- Planificación de largo plazo del ICE con revisión bienal del plan de expansión, evaluación de suficiencia energética 2027 a 2035 y reconocimiento tarifario de las inversiones históricas.
El principio que ordena esa propuesta es la universalidad: cada persona, viva donde viva, tiene derecho a electricidad continua y asequible. Ese derecho se financia con una base amplia de usuarios que comparten los costos de la red, y es esa base la que el Expediente 23.414 fragmenta.
Nuestra posición
Reconocemos las implicaciones de esta reforma y priorizamos la seguridad jurídica, la sostenibilidad ambiental, la eficiencia institucional y la protección de las personas usuarias. La modernización eléctrica debe sustentarse en evidencia técnica, transparencia y beneficios públicos verificables, preservando los principios de solidaridad y acceso universal que han caracterizado históricamente al sistema eléctrico costarricense.
Rechazamos el Expediente 23.414 en su redacción final y pedimos a las diputaciones votar en contra.
Apoyamos la construcción y el trámite de la Ley de Seguridad Energética y Modernización del Sistema Eléctrico Nacional como la vía para modernizar el sistema, ampliar la participación privada con reglas claras, priorizar transmisión y almacenamiento, y garantizar la seguridad energética del país con electricidad limpia, estable y asequible para todas las personas.
SECTOR AMBIENTAL Y ENERGÉTICO PLN
Cambio Político Opinión y análisis


Oportuna, necesarias y claras los señalamientos de los compañeros del Sector Energético y Ambiental del PLN. Como ciudadano y liberacionista lo suscribo en su totalidad