Rodrigo Arias tenía razón

… y me preocupa la resolución del TSE

Oscar Arévalo

El sentido común, que es el sentido de la comunidad general, no siempre se corresponde con el sentido de las cosas en un campo profesional, técnico, ni científico. Que lo diga la física moderna.

En el caso de la renuncia del primer vicepresidente, operó entre la opinión pública el sentido común entre la opinión pública. Y me parece que los abogados no lo supimos explicar.

Pero empecemos por ahí: Digamos que usted tiene un buen jefe que aprecia sus servicios, responsabilidad, sentido del trabajo y visión. De pronto se tiene una desavenencia grave con un compañero de equipo. Usted, entonces, renuncia. Como corresponde, se la presenta a su jefe o jefa. No basta con que esté en la agenda de la reunión de equipo de los lunes. El jefe debe de conocerla directamente, para que se tenga por «conocida», valga la redundancia que el TSE no parece comprender. Pero resulta que su superior, aprecia su trabajo y sus servicios. Entonces le dice: «No se la acepto». Es obvio que el jefe «no puede atajarlo», no puede impedir su renuncia, ni amarrarlo al escritorio. Pero hay algo que si puede hacer: y es expresar opinión. Aunque no pueda impedirla, recalco, el superior, puede expresar su opinión. Y es más, puede exhortarlo a quedarse. Puede motivarlo a quedarse. Puede preguntarle a que se debe la renuncia. En fin, si bien no se le puede quitar el derecho a renunciar al trabajador, tampoco se le puede quitar el derecho de opinar a la jefatura (El Pleno de la Asamblea Legislativa). Su derecho a pedirle una reconsideración o inclusive a hacer una valoración de su trabajo. Es un derecho a opinión. Su «conocimiento» e incluso eventual votación en la dirección de la oficina, no implica impedir la renuncia. ¿Me explico? Bueno, hasta aquí el análisis crítico del sentido común desde el sentido común.

Vamos a temas más jurídicos: Un amparo es un instrumento jurídico para proteger un derecho fundamental violentado o amenazado. En el caso de este amparo, ¿Cual era el derecho fundamental violentado? ¿De que manera se le amenazó? No hubo ninguna violación a ningún derecho fundamental, ni amenaza al mismo. (¡Ya estaba en el orden del día!). Mucho menos que fuera materia electoral. ¿Sobre qué resuelve entonces el TSE? ¿Probabilidad de intento de amenaza?

Estando claro que no había derecho amenazado, pues en ningún momento se le quita el derecho a la renuncia a nadie, entonces, mucho menos cabía que el TSE se metiera a regular el procedimiento propio de otro Poder de la República. Y mucho menos con evidente desconocimiento del Derecho Parlamentario. La Asamblea Legislativa tiene todo el derecho de opinión, y tiene derecho a expresar «su voluntad» como colectivo, respecto de esa renuncia. Votar al respecto, es decir, expresar la opinión sobre la misma como colectivo, no implica, ni implicará, impedir su renuncia, pues es un derecho humano que está por encima, incluso de nuestra Constitución. Esto es algo que nunca llegó a entenderse. Pero la empresa sí podía «conocer» e incluso votar si aceptaba la renuncia o si la rechazaba exhortando al trabajador a reconsiderar su intención, si fuera del caso.

En mi humilde opinión, el TSE invadió potestades de otro poder de la república que no le correspondían.

Entonces, en síntesis: 1. Nunca hubo un derecho violentado, ni amenazado que ameritara aceptar un amparo electoral. 2. La Asamblea legislativa tenía derecho a expresar su voluntad al respecto expresada en una votación, tal y como corresponde a un órgano colegiado como este. 3. Una votación negativa, no implicaba retener al funcionario público. Fue solo una expresión de opinión y voluntad que no tendría efecto. Que no tuviera efecto, no implicaba que esa expresión colectiva de voluntad, no pudiera hacerse. Sólo que no tendría el efecto de impedir su renuncia. Ahí si hubiera tenido cabida un amparo, aunque no estoy muy seguro de que lo que correspondiera hubiera sido un amparo electoral. Ergo, en mi opinión, don Rodrigo Arias, siempre tuvo la razón. No así don Rubén Hernández, que era de la opinión de que la renuncia podía impedirse.

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