Los parámetros éticos de la guerra contra Irán

Enrique Gomáriz Moraga

Enrique Gomariz

De nuevo el estallido de una guerra provoca discusiones éticas relevantes. En realidad, es inevitable. Tanto si aparecen de forma abierta y directa, como si emergen envueltas en argumentos políticos o de política internacional. En el fondo, cuando se rechaza o se acompaña un taque militar de envergadura, como el que está teniendo lugar contra Irán, las razones refieren a si hay o no derecho a realizar tal cosa o tal otra. No obstante, dado que los derechos no se encuentran regularmente en medio de la nada, resulta necesario aclarar todo lo posible la decisión a adoptar cuando tiene lugar una colisión de derechos.

En esta oportunidad, como ha sucedió en ocasiones anteriores, la colisión mas evidente refiere a la que se produce entre el derecho a la soberanía de los Estados y el que refiere a la protección de los derechos humanos de una población. Pero antes de tratar esta disyuntiva, resulta oportuno limpiar la lente de observación. En tal sentido, hay que descartar los asuntos referidos a políticas internacionales basadas descarnadamente en la fuerza o la hegemonía. El deseo simple de apropiarse de recursos o de establecer dominación territorial no forman parte de esta reflexión ética.

De forma explicita o implícita, una de las justificaciones del presidente Trump para atacar a Irán ha sido -y sigue siendo- que el régimen de los ayatolas reprime a su propia población, en especial a las mujeres. Ese argumento es respondido por quienes aseguran que la condena y la actuación consiguiente frente a esa represión no puede hacerse violando el derecho internacional. Pero cuando se pregunta de cuál derecho internacional se esta hablando, siempre se concluye en torno al mismo: la soberanía de los Estados que reconoce la Carta de Naciones Unidas.

Recientemente, Fernando Vallespín, de criterio regularmente ponderado, afirmaba en el diario El País (7/03): “El ataque a Irán no está cubierto por las condiciones que exige la Carta de las Naciones Unidas para el uso de la fuerza sobre un Estado soberano. Punto.” Y agregaba: “Que en ese y en otras muchas decenas de Estados se vulneren los derechos humanos no afecta al núcleo del problema”. Pero ese planteamiento es demasiado rígido y estático. Está sucediendo un cambio conceptual al respecto.

El propio Vallespín matiza inmediatamente después: “Ni siquiera es evidente que la intervención humanitaria esté plenamente justificada por la legalidad internacional. Esta solo se admite en situaciones extremas, como el genocidio o los crímenes de lesa humanidad, y aun así seguiría siendo ilegal sin aprobación del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas”.

Pues ya no está tan claro que ese supuesto sea evidente. Al menos no conceptualmente. Es cierto que las normas positivas internacionales todavía no han incorporado explícitamente el derecho y la responsabilidad de proteger a las poblaciones sometidas a la violación de sus derechos humanos fundamentales. Pero no es menos cierto que ya se ha abierto camino en esa dirección desde la comunidad internacional y la propia Naciones Unidas. La aceptación general del concepto de seguridad humana apunta a ese cambio. Y ya hay ejemplos concretos respecto de genocidios tribales en África o en caso de regímenes racistas o radicalmente represores. El caso más claro es la aprobación de la Resolución 1973 de 2011 sobre la situación de Libia, que reconoce el derecho de la comunidad internacional a intervenir por la fuerza para proteger a la población de ese país.

Pero conceptualmente el avance de la responsabilidad de proteger a poblaciones civiles de parte de la comunidad internacional ha sido notable. Cierto, hay Estados que se oponen a ese avance del derecho internacional de forma radical. México es quizás el mejor ejemplo de una democracia que no acepta la mínima grieta de la primacía del derecho a la soberanía de los Estados. Es comprensible, dada la experiencia histórica que tiene con el vecino del norte. Sostiene que si se abre la puerta a la intervención externa esta podría usarse para fines políticos o de competencia entre Estados. Y ese riesgo es evidente. Por eso es tan importante el plano procesal del derecho a proteger. La intervención contra un estado violador de derechos de su población solo puede hacerse desde una autoridad legítima, como Naciones Unidas. Intervenir militarmente sin el permiso de la ONU es como encarcelar a un delincuente mediante pruebas falsas plantadas por la policía. Destroza el debido proceso y desbarata el juicio.

Sin embargo, hay otra objeción que se hace a la aplicación del derecho a proteger y es la referida al tema de que el Consejo de Seguridad, la máxima autoridad de la ONU a estos efectos, está compuesta solo por cinco Estados con poder de veto. Es decir, que, para asegurar un procedimiento justo en la materia, habría que modificar el procedimiento para la toma de decisiones en ese nivel de Naciones Unidas.

No obstante, aunque ese asunto pudiera resolverse, todavía existe otro plano de la reflexión ética que se ha de tomar en cuenta. Se trata de la ética de la responsabilidad. Aunque estuviera demostrado que un Estado represor estuviera cometiendo crímenes de lesa humanidad, habría que calibrar con rigor si una acción militar de castigo no desataría un mal mayor que el que trataba de evitarse.

Para ejemplificar el sentido de la ética de la responsabilidad suele ponerse un caso ilustrativo. Mentir a las personas es contrario a la ética, pero mentirle a un asesino para evitar que lleve a efecto un crimen es completamente aceptable desde la ética de la responsabilidad. Es necesario saber jerarquizar el mal y sus daños, para evitar que la ética simple produzca un mal mayor. No solo hay que medir lo justo de la acción sustantiva sino de sus consecuencias: si estas producen un mal superior entonces hay que buscar otro camino.

Desde esta perspectiva, resulta increíble la irresponsabilidad del presidente Trump, ahora asustado por la crisis energética mundial que está provocando el ataque a Irán. ¿No era previsible esa consecuencia? Insisto en afirmar que el mandatario estadounidense constituye hoy el mayor riesgo de inestabilidad internacional que sufre el planeta.

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