Habrá partidos políticos para escoger

Pizarrón

Vladimir de la Cruz
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Vladimir de la Cruz

El Tribunal Supremo de Elecciones ya dio el banderazo de salida hacia las elecciones nacionales del 3 de febrero del 2022, con la publicación del Calendario Electoral, que es el que fija la hoja de ruta de todos los partidos políticos que quieran participar en las elecciones, y el que le señala a los ciudadanos los plazos y términos para organizar e inscribir en debida forma a los partidos políticos.

De lo novedoso es que el plazo de inscripción de partidos se prolongó del 5 de febrero al 5 de mayo, lo que siempre es un plazo muy corto pero imposible de prorrogarlo más. Quienes han estado interesados de inscribir partidos debieron haberse movido y actuado desde el año pasado. No es un proceso fácil para dejarlo para última hora.

La fecha importante que sigue es el viernes 5 de febrero que es el plazo que tienen los siguientes funcionarios, Vicepresidentes de la República, Ministros, Magistrados propietarios de la Corte Suprema de Justicia, los Magistrados propietarios y suplentes del Tribunal Supremo de Elecciones, quien ocupe la Dirección General del Registro Civil, los directores o gerentes de las instituciones autónomas y el Contralor y el Subcontralor Generales de la República,, para renunciar a sus cargos si quienes postularse a Presidente o Vicepresidente de la República para el período 2022-2026.

Para ser candidato a Diputado los siguientes funcionarios, si a ello aspiran, deben renunciar a sus cargos, seis meses antes de la elección, es decir, el 6 de agosto, el Presidente de la República o quien lo sustituya en el ejercicio de la Presidencia al tiempo de la elección; los Ministros de Gobierno; los Magistrados propietarios de la Corte Suprema de Justicia; los Magistrados propietarios y suplentes del Tribunal Supremo de Elecciones, y el Director del Registro Civil; los militares en servicio activo; los que ejerzan jurisdicción, autoridad civil o de policía, extensiva a una provincia; los gerentes de las instituciones autónomas; y los parientes de quien ejerza la Presidencia de la República, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, inclusive.

De todos estos funcionarios los Vicepresidentes, deben renunciar, antes del 5 de febrero, si quisieran volver a ser candidatos a ese mismo puesto o al de Presidente. Pareciera que igual concepto vale para los actuales diputados, que no tienen mas prohibición expresa de que no pueden reelegirse consecutivamente, pero si renuncian suspenden sus consecutividad, como lo haría un Vicepresidente que quiera postularse para ese mismo cargo.

Por inscrita una papeleta presidencial quienes la integran no pueden renunciar a su postulación, ni en la primera, ni en la segunda vuelta, mientras esté el proceso electoral en curso y no se hayan hecho las elecciones.

El 5 de febrero vence el plazo para que los costarricenses por naturalización obtengan la carta que los acredite como ciudadanos, a efecto de que puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones nacionales. Esto es muy importante porque así se conoce con certeza cuántos nacionalizados, y de qué países, pueden ejercer el voto el 6 de febrero del 2021 y evita los rumores que a veces hacen correr de que migrantes o ilegales fueron inscritos para votar.

También, el 5 de diciembre pasado, del 2020, quedó establecida la División Territorial Administrativa por parte del Poder Ejecutivo, de manera que seguimos con las 7 Provincias, los 82 cantones y los casi 500 distritos, sin que puedan variarse para nada mientras está el proceso electoral en marcha.

Esta División Administrativa es la que permite al Tribunal Supremo Electoral realizar su propia División Territorial Electoral que no calza necesariamente con la Administrativa, y que generalmente es más amplia y compleja, sobre las cuales se distribuyen las Juntas y Mesas Electorales, que se deben llenar con los delegados de los partidos políticos para la vigilancia electoral del día de las elecciones. Todavía el 18 de febrero, como último día, ante el Tribunal Supremo de Elecciones se puede solicita la creación de distritos electorales. Esto generalmente lo han hecho los partidos grandes, no los pequeños. Y, hasta el 5 de junio, en este mismo campo, el Tribunal puede dividir un Distrito en dos o mas distritos electorales.

Ese número de Juntas y Mesas varía de una elección a otra. A los partidos pequeños les pone mayores dificultades de participación y control electoral que a los grandes, aunque esto se ha subsanado bastante con los llamados Delegados Electorales que oficialmente nombra el Tribunal Supremo de Elecciones para que colaboren con los miembros de Mesa, y garantizar que en todas las Mesas haya al menos un Delegado del Tribunal, que son funcionarios pagados por ese día.

El día 5 de febrero es también el plazo para que el Tribunal Electoral establezca el monto que el Estado reconocerá de la contribución pública a los partidos políticos por su campaña electoral, tomando el cuenta como base de cálculo el producto interno bruto a precio de mercado, según certificación emitida por el Banco Central de Costa Rica.

Para fortalecer el funcionamiento del Tribunal Supremo se integrarán dos nuevos Magistrados a partir del sábado 6 de febrero, constituyendo los cinco Magistrados el equipo a cargo, de forma exclusiva e independiente, de la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio, es decir, de todo lo atinente al proceso electoral que ya está en marcha.

Las elecciones nacionales se realizarán el domingo 6 de febrero de 2022 donde se elegirán 60 puestos: un Presidente, dos Vicepresidentes de la República y 57 diputados.

Para estas elecciones hay más 25 partidos nacionales y al menos 8 provinciales, inscritos en posibilidad de completar todos los tramites para su debida participación.

Los partidos nacionales son la Agenda Democrática Nacional, Alianza Democrática Nacional, Cambiemos, Ciudadanos por el Bien Común, Democracia Participativa, Encuentro Nacional, Frente Amplio, Fuerza Nacional, Integración Nacional, Liberación Nacional Movimiento Social Demócrata Costarricense, Partido Costa Rica Justa, Renovación costarricense, Republicano Social Cristiana, Restauración Nacional, Salvemos Costa Rica, Social Demócrata, Socialdemócrata Independiente Todos por Costa Rica Unidad Social Cristiana, Unión Costarricense Democrática, Unión Liberal, Unión Pacífica Costarricense, Vida.

A estos hay que sumar el Liberal Progresista, Nueva Generación, el Movimiento Libertario, el de Natalia Díaz, el Partido de los Trabajadores, y los intentos de Coalición que se impulsa, especialmente por los Presidentes Miguel Angel Rodríguez y Rafael Angel Calderón Fournier, así como el esfuerzo que están haciendo militantes de izquierda de volver a inscribir Pueblo Unido.

Los partidos provinciales son Confraternidad Guanacasteca, Ciudadnos por Cartago, Alternativo SOS Costa Rica, Nuevo Partido Socialista Cartago, Unidos por Costa Rica, En Pedazos, Fuerza Solidaria.

Sin lugar a dudas de todos estos habrá dónde escoger, después de que se haga la repela de los procesos de inscripción que son rigurosos ante el Tribunal Supremo de Elecciones, que conlleva hacer las 82 asambleas cantonales, las siete provinciales y la nacional, para todos los partidos nacionales, y lo correspondiente a las provinciales con los cantones de sus respectivas provincias y la asamblea provincial, que todos son procesos engorrosos y exigen mucho trabajo organizativo de los ciudadanos de cada partido.

Indudablemente que las elecciones atraen, apasionan, son inevitables para públicos y pueblos electoreros y electorales. Por todo lo mal que se hable de la política, de los políticos, de las instituciones como los partidos políticos, la gente sigue confiando en ellos y se apunta para participar.

Veremos y seguiremos el pulso de este proceso.

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