Fraude fiscal

Ágora*

Guido Mora
guidomoracr@gmail.com

Guido Mora

Desde que se inició la discusión del proyecto de “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” o “Plan Fiscal”, he externado mi respaldo a esta propuesta.

Considero que, por encima de las manifestaciones populistas e irresponsables de diversos individuos, grupos sociales y sectores políticos, es mucho menor el impacto de la aplicación del “Paquete Fiscal”, que las posibles repercusiones negativas que tendrían para todos los costarricenses, -en particular, para los de menores recursos- las que acarrearía el estallido de una crisis fiscal.

Quiero sin embargo, manifestar mi incomodidad y malestar con los artículos referidos a la amnistía tributaria, contenida en ese documento.

La aplicación de esta norma pretende “la exoneración total del pago de intereses a los contribuyentes que tienen deudas tributarias, y el perdón de hasta 80% de los intereses y multas, en los tributos administrados por la Dirección General de Tributación, el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)”.

La amnistía se incorpora en el texto a solicitud del Sector Privado, y el Gobierno lo incluye, so pretexto de que promovería el rápido ingreso de recursos al erario.

Cualquiera de nosotros, que ocupe el cargo de Representante Legal de una pequeña o mediana empresa; en el momento que retengamos dineros del impuesto de ventas; que dejemos de cancelar las cuotas obrero patronales a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) o que realicemos una declaración y pago fraudulento del impuesto de la renta, es notificado de la falta por las instancias respectivas de la Tributación Directa, o de las instituciones que corresponda -como tiene que ser, en el cumplimiento de la Ley-.

Pero la amnistía brinda un trato diferenciado y permisivo, porque beneficia a grandes infractores fiscales y presume la aparente complicidad entre la Administración Tributaria y los actores económicos que cometen el fraude fiscal, muchos de ellos debidamente identificados por sus reiteradas faltas, sin que hayan sido presentados ante las instancias judiciales correspondientes.

Lo mismo sucede con la CCSS, en donde hay empresas y personas que acumulan deudas millonarias, sin que los funcionarios realicen las acciones expeditas, dirigidas a recuperar los montos adeudados, procesar al Representante Legal o proceder al cierre de la empresa, por las infracciones ante esa institución. Por el contrario, el incumplimiento de deberes de estos funcionarios públicos posibilita la conformación de millonarias deudas, que terminan constituyéndose en cuentas incobrables.

La misma argumentación resulta válida para la Dirección General de Tributación, el INDER, el IFAM y el IMAS quienes, con su pasividad, permiten que se consolide el fraude fiscal.

En el caso que nos ocupa, en vez de castigar a los infractores, se les premia con la amnistía tributaria.
Estoy firmemente convencido de que la única manera de combatir la evasión y la elusión depende, no sólo de responsabilizar al representante legal de las empresas privadas, sino también por convertir en partícipe del delito fiscal al contador -que da fe pública de su trabajo-, para evitar que se vea tentado a manipular los Estados Financieros, y con ello reportar a la Administración Tributaria pérdidas o bajas utilidades. Pero, por otra parte, debe de establecerse también la responsabilidad solidaria y hacer caer el peso de la ley, a los funcionarios públicos que, por negligencia, no cumplen con lo establecido en las normas tributarias. Es imprescindible recordar que el incumplimiento de deberes está debidamente normado por el Artículo N° 332 del Código Penal y lamentablemente no se aplica, o se aplica con laxitud.

Levanto la voz y reclamo la ineficiencia de algunos funcionarios públicos que, desde mi perspectiva, permiten que se consolide el fraude fiscal, por no atender con prontitud las denuncias y no realizar las acciones orientadas a castigar a los infractores.

Hago pública esta demanda, -en consonancia con el clamor de muchas personas de la sociedad costarricense-, máxime en momentos en que todos tenemos que “socarnos la faja”.

Es indispensable que las autoridades garanticen el cumplimiento de la normativa tributaria y particularmente, la aplicación expedita de la Ley N° 9416 “Ley Para Mejorar La Lucha Contra el Fraude Fiscal”.
La Administración Tributaria no puede brindar tratamientos diferenciados a iguales, al fin y al cabo, ante las leyes y particularmente, ante la Legislación Tributaria, todos tenemos los mismos derechos y obligaciones.

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* El Ágora era el centro de la actividad política, administrativa, comercial y social de la antigua Atenas.

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2 comentarios

  1. Carlos Manuel Echeverria

    Estoy con vos, Guido. Entiendo la idea del incentivo, pero .es un mal precedente…si acaso dar facilidades de pago y no cobrar intereses sobre esas facilidades…pero hasta allí

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