Academia Geografía e Historia sobre feriado 1º diciembre como “día de la abolición del ejército”

Academia de Geografía e Historia de Costa Rica

ACADEMIA DE GEOGRAFÍA E HISTORIA DE COSTA RICA

PRONUNCIAMIENTO

DE LA ACADEMIA DE GEOGRAFÍA E HISTORIA DE COSTA RICA SOBRE EL PROYECTO DE LEY “CELEBRACIÓN NACIONAL DEL 1º DE DICIEMBRE COMO “DÍA DE LA ABOLICIÓN DEL EJÉRCITO” Y DÍA FERIADO DE PAGO NO OBLIGATORIO (Expediente Nº 21.137, Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación)

La Academia de Historia y Geografía de Costa Rica,

CONSIDERANDO:

1- Con fecha 4 de diciembre del 2018 se pasó a estudio de la Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación, el Proyecto de Ley, “Celebración Nacional del 1 de diciembre como Día de la abolición del ejército y día feriado de pago no obligatorio” (Expediente No. 21.137) presentado por un grupo de diecisiete señoras y señores Diputados.

2- El artículo 2 de dicho Proyecto señala que se modifica el artículo 148 del Código de Trabajo, Ley No. 2 del 27 de agosto de 1943, para que en adelante se lea “… El día 12 de octubre regirá únicamente como feriado de pago no obligatorio para el Cantón Central de Limón”.

3- El carácter pluricultural y multiétnico de Costa Rica está reconocido en el Artículo Primero de la Constitución Política de Costa Rica, que dice: “Artículo 1. Costa Rica es una República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural”.

4- El 12 de octubre ha sido designado por la Ley 7426 como Día de las Culturas para enaltecer el carácter pluricultural y multiétnico del pueblo costarricense, propiciando la conmemoración de los valores indígenas, europeos, africanos y asiáticos presentes en la idiosincrasia costarricense, así como los lazos históricos y culturales que vinculan a las naciones de Hispanoamérica.

5- Dentro de esta Ley el 12 de octubre es el espacio oficial y consuetudinario para la celebración de esta efeméride en todo el territorio nacional. La riqueza de la diversidad costarricense no se restringe a una sola provincia sino que tiene hondas raíces históricas en todos los grupos humanos que conforman la nación costarricense. Por ello no sería correcto designar un día feriado para una sola provincia.

6- Ha existido una tradición educativa de celebrar 12 de octubre en el país para resaltar la conformación histórica y actual de la nación costarricense.

7- La Ley del Día de las Culturas responde a una concienzuda reflexión basada en un profundo conocimiento educativo, histórico, arqueológico, etnográfico, etnológico, genético, lingüístico, cartográfico y geográfico que da cuenta de la riqueza del desarrollo histórico-cultural del país desde 10,000 a.C. hasta el presente. Dicho conocimiento es sustento de los actos de conmemoración del 12 de octubre.

8- La existencia del 12 de octubre como día feriado permite el involucramiento de toda la población costarricense en la celebración de esta efeméride.

9- La exaltación de la valía de la diversidad cultural y el respeto a las diferencias culturales debe ser un principio democrático fundamental en la vida cívica costarricense. A la vez, genera el reconocimiento de derechos culturales para las poblaciones diversas en el país y fomenta la convivencia respetuosa y pacífica entre toda la población costarricense.

POR TANTO:

1- El 12 de octubre presenta un vínculo ineludible entre el primer artículo de la Constitución Política de Costa Rica y el carácter conmemorativo del 12 de octubre.

2- El 12 de octubre sintetiza los valores históricamente construidos alrededor de la nacionalidad costarricense.

3- El 12 de octubre, como día feriado propicia que todos los habitantes del territorio nacional puedan tener la oportunidad de conmemorar y exaltar la condición pluricultural y multiétnica de Costa Rica.

4- El 12 de octubre es el espacio idóneo para que el sistema educativo introduzca y practique los contenidos inherentes a los valores de reconocimiento y respeto a la multiculturalidad en el país.

5- El 12 de octubre y su conmemoración fomenta la recuperación de la memoria histórica así como el respeto de los derechos culturales en la sociedad costarricense actual.

6- Con base en lo anterior, la Academia de Geografía e Historia de Costa Rica, en forma respetuosa pero vehemente, recomienda mantener el 12 de octubre como día feriado de pago no-obligatorio para conmemorar el Día de las Culturas, en apego a la Ley 7426 y al Artículo 1º de la Constitución Política de Costa Rica.

Dado en la ciudad de San José, Costa Rica, el día primero de abril del 2019.

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