La nueva ley de aguas: un permiso para secar nuestros ríos

Rolando Portilla Pastor

Rolando Portilla

Si, aunque parezca increíble, el proyecto de Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico, que se discute en la Asamblea Legislativa bajo el expediente 20212, permitiría secar ríos y quebradas en nuestro país. El artículo 99 de dicho proyecto, trata el tema del caudal ambiental o ecológico. Este es la cantidad mínima de agua que debe dejarse en un río para garantizar la continuidad de los procesos ecológicos o biológicos en el curso de agua. Es de suponer que, bajo ninguna circunstancia, se permitiría extraer agua de este caudal, es decir, reducir el nivel del agua en ríos y quebradas por debajo de este límite, porque para ello se establece, para proteger los ecosistemas acuáticos.

Sin embargo, el proyecto de ley en mención, conocido como la nueva Ley de Aguas, haciendo gala de una visión y enfoque totalmente antropocéntricos (favorecimiento del ser humano, sobre todo), permite el aprovechamiento de este caudal por motivos de consumo humano (agua potable). El texto del artículo 99 señala:

El caudal ambiental deberá considerarse como una restricción con carácter general que se impone al aprovechamiento del recurso hídrico. Sin embargo, en caso de conflicto con el aprovechamiento para consumo humano siempre prevalecerá este último.

No se concederán ni prorrogarán concesiones de aprovechamiento del recurso hídrico que afecten el caudal ambiental determinado para un cuerpo de agua en particular, excepto el uso para consumo humano”.

Las excepciones que se plantean en ese artículo son más que claras, y establecen que se respetará el caudal ambiental en un cauce de agua, hasta tanto no entre en conflicto con el uso humano, en cuyo caso, se podrán hacer aprovechamientos y otorgarse concesiones de dicho caudal si se trata del consumo humano. En otras palabras, el caudal ambiental, ante las necesidades de consumo humano, constituye tan solo letra muerta, por así decirlo, una farsa ambiental.

Lo anterior es sumamente peligroso y constituye en mi criterio un enfoque destructivo y regresivo en materia ambiental. Esto podría llevar a extremos de secamiento de ríos y quebradas en nuestro país, en aras de satisfacer las necesidades humanas. En otras palabras, lo que dice el artículo en mención es que, si hay que secar un río o una quebrada para satisfacer las necesidades humanas, la ley lo permite. Así es, aunque parezca inconcebible en un país de supuesta vocación ambiental, la nueva ley de aguas (exp 20212), está convirtiéndose en un instrumento legal para permitir el extremo de poder secar un río o quebrada para que los seres humanos tengamos agua.

Usted se preguntará, ¿Cuál debería ser entonces el enfoque? Bueno, el caudal ambiental como lo señalé, debería ser un umbral o límite absoluto que se respete en todo momento y lugar. No debe extraerse agua, bajo ninguna circunstancia, por debajo de los niveles de este umbral. Las comunidades o poblaciones que requieran inevitablemente agua del caudal ambiental, deberán buscar otras opciones: trasvase de agua de otras cuencas o microcuencas, sistemas de pozos, cosecha de agua, etc.

El enfoque que sigue el expediente 20212 en cuanto al caudal ambiental se aleja totalmente de los preceptos del desarrollo sostenible, de ese supuesto balance que debe darse entre aspectos económicos, sociales y ambientales, al priorizar por encima de todo, el beneficio humano, incluso a costa de la destrucción de los ecosistemas fluviales.

La naturaleza debe respetarse y hay límites que no debemos exceder, el caudal ambiental es uno de ellos. Es hora de migrar de esas visiones y enfoques antropocéntricos, que consideran al ser humano como el dueño y dominador de toda la naturaleza, hacia paradigmas más eco-céntricos, que otorguen verdaderamente el valor que deben tener los ecosistemas, y en donde el ser humano sea visto como un elemento más de ese ecosistema, que está obligado a mantener y respetar el equilibrio natural del mismo.

Un llamado respetuoso y vehemente a los diputados y tomadores de decisión para que, a días de estar por aprobarse el proyecto de ley de gestión integrada del recurso hídrico, arreglen esta aberración legal y ambiental y no permitan que una ley que supuestamente debería fijar nuestra visión de futuro sobre el tema del recurso hídrico, sea capaz de convertirse en una herramienta que permita el secamiento y destrucción de nuestros ríos y quebradas.

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