Refutación de argumentos contra la Ley de Maltrato Animal

Patricia Abadía

Por Patricia Abadía

1. Desproporcionalidad en costos y en los procesos planteados para castigar a los agresores:

La Defensa Publica nunca se ha referido con fundamentación en cuanto a los costos elevados, no ha sustanciado su posición más que en una única cifra. El hecho que el país se encuentre en un déficit fiscal no es, ni debe ser NUNCA un sinónimo de impunidad, ni mucho menos se debe dejar de legislar sobre las conductas que son destructivas hacia nuestra sociedad, NUNCA podremos alegar razones de costo fiscal para procurar la impunidad de los crímenes, las razones económicas nunca deben estar por encima de la vida y la salud mental de nuestra sociedad, sería como decirle a las personas que habitan en el territorio nacional que de ahora en adelante dado la crisis económica que tiene la CCSS está PROHIBIDO ENFERMARSE.

2. Errores de fondo:

Ciertamente habrá pericias que necesariamente revistan de un carácter técnico-científico, sin embargo en países tales como EE.UU., existe la disciplina de la veterinaria forense, forense llamamos a quienes en el caso de Costa Rica nos dan su criterio basado a la experticia que poseen laborando en el Poder Judicial (médicos, biólogos, pericias físicas, psiquiatras, psicólogos, entomólogos, etc,) pero habría que cuestionarse entonces cuantos científicos que laboran en el Complejo de Ciencias Forenses poseen un grado universitario de Forenses como una especialidad, lo que nos debe hacer un llamado más a la conciencia, del porque no contratar veterinarios que vengan a coadyuvar en esta disciplina? Costa Rica por encima de muchos países de América, posee la ventaja de poseer uno de los mejores y más completos laboratorios con certificados ISO que es el LANASEVE y UNA, por lo tanto al igual que sucede con el delito de conducción temeraria en el cual ha habido ayuda inter-institucional pues en estos casos la Ley de Tránsito prevé que los hospitales y clínicas de la CCSS tomen la alcoholemia ( muestra de sangre para medir etanol en los conductores que se presumen manejan en ebriedad) así como el hecho que NO es el OIJ quien toma la prueba de alcohosensor o alcoholímetro (soplar para medir etanol en aliento) sino que esta diligencia es llevada a cabo por oficiales de Tránsito, de la misma manera, los laboratorios de LANASEVE y UNA pueden tomar la muestra y enviarla a Medicatura Forense (ya sea a toxicología o la sección que la requiera para la confirmación o descarte de un resultado) o aún mejor ahorrarle los recursos al Poder Judicial y por ley autorizarlos a analizar la muestra ( debe tomarse en cuenta que ambos laboratorios son estatales) Analicemos un caso tan sencillo y tan cruel como el envenenamiento, el poner veneno infringe varios bienes jurídicos: La salubridad pública, crear un peligro común, un homicidio ya sea culposo o un homicidio por dolo eventual en caso que un ser humano ingiera el veneno, exponer a los niños a jugar con un veneno en la vía pública, la vida del animal, quien al ingerir el veneno experimenta uno de los más crueles tipos de muerte. ES NECESARIO REGULAR casos como este y no minimizarlos como aparentemente hacen los detractores del proyecto.

3. Desproporcionalidad en las penas de cárcel:

NO existe desproporcionalidad en las penas de cárcel y la Defensa publica sabe que en el caso de las personas primarias ( primera vez que enfrentan el proceso penal) se les aplica por ley procesal penal medidas alternativas, ya sea suspensión del proceso a prueba ( la cual ofrecen un plan reparador, o cumplimiento de condiciones al llevar a cabo labores comunitarias), conciliación (acuerdo), etc., en los casos de las personas que ya han sido sentenciadas es decir que NO son primarias en este caso el proyecto de ley de la misma manera ofrece opciones altamente negociables y cuya finalidad no es la represión carcelaria, NO se busca un hacinamiento carcelario, sino una rehabilitación y/o terapia para los agresores, delincuentes, ofensores.

4. Estos casos deben ser vistos en la via contravencional por los altos costos que genera un proceso penal:

Diariamente nuestra sociedad avanza de manera negativa en el tema de la violencia generalizada hacia los seres humanos, la violencia abarca como sus primeras víctimas a los niños y a los animales, precisamente porque son los más indefensos, hablamos de una escalera de la violencia, es un ciclo. Intentar regular mediante la vía contravencional hechos tan graves como estos, es volver nuestra mirada hacia argumentaciones antropocentristas, es como de igual manera cuestionarnos si la violencia es normal, si es un ser humano o un ser no humano merecedor de un castigo violento simplemente porque su agresor no estaba de humor ese dia? El tema de la violencia es generalizado y no reconoce distinciones de derecho de familia, derecho penal o civil, VIOLENCIA ES VIOLENCIA Y PUNTO, en cualquiera de sus expresiones es un acto degradante hacia UN SER VIVO, QUE NO NECESARIAMENTE TIENE QUE SER UN SER HUMANO, PERFECTAMENTE PUEDE SER UN SER-NO HUMANO, regular por la vía contravencional es minimizar el problema que carcome a nuestra sociedad y no dar la importancia a las gravísimas consecuencias sociales que ello implica no solo hacia los miembros de un núcleo familiar, sino hacia la sociedad entera. Legislar por medio de la vía contravencional es un retroceso al voto constitucional 4220-2012 de la Sala Constitucional en el cual se protege a los animales contra los actos de maltrato y de crueldad, considerados no solo violentos, sino contra las buenas costumbres de nuestra sociedad, declarando que los animales domésticos pertenecen y forman parte del medio ambiente y este como tal tiene la protección constitucional del articulo 50 ( Constitución Política) La Defensa Pública señala que la apertura de un proceso penal en todas sus etapas (audiencia preliminar, juicio, apelación de sentencia y casación basado en el costo estimado de plazas al segundo semestre del 2013) le costaría al Estado alrededor de ¢6.665.157. Nosotros nos preguntamos entonces que no sería lo mismo hablar de un proceso abreviado o aquel que ha llegado a una medida alterna que aquel se ha finalizado mediante todas sus etapas, inclusive no sería lo mismo el costo de un proceso que va a juicio si alguna de las partes o ninguna accede a instancias superiores llámese apelación y luego casación, por lo tanto NO SE PUEDE DAR UNA UNICA CIFRA como el costo de un proceso penal, eso es falaz.

Argumentos a favor del Proyecto 18298

La ley posee un alto componente dirigido a la salud mental del pueblo Ofrece penas alternativas, accesorias, brinda la oportunidad de la rehabilitación y tratamientos para los agresores, ofensores, etc. La ley no aboga por el hacinamiento carcelario Es educativa Abarca un concepto de violencia generalizado, lo que amplía el espectro de protección, no solo se limita a tipificar en un tipo de violencia como en los casos de violencia de género, intrafamiliar, la ley va más a la protección de la niñez y adulto mayor, pues las mascotas en muchas ocasiones son el medio por el cual el delincuente, agresor, ofensor, coaccionan y cobardemente vulneran la vida de otro ser humano Innovadora, así como lo fue en su momento la ley de penalización de la violencia contra la mujer, se demuestra que es una país que avanza en la protección de los derecho de los más débiles. La Defensa Publica es un departamento más del Poder Judicial y como tal no representa la posición oficial del Poder Judicial.

El artículo 7 del Código Procesal Penal obliga a los tribunales de justicia tratar de restaurar la paz social El Poder Judicial ha invertido mucho dinero en el programa de los jueces del RAC ( resolución alterna de conflictos) precisamente para hacer cumplir la ley RAC, en la cual jueces itinerantes visitan las comunidades y tratan de hacer dialogar a las partes en conflicto para no judicializar todo y mediante la vía del dialogo buscar soluciones alternas En el mismo sentido el Poder Judicial ha invertido en capacitaciones a sus funcionarios en temas de sensibilidad en cuanto a la atención de víctimas, así como en capacitaciones relacionadas con el tema de la crueldad hacia los animales y su relación con la violencia hacia las personas

El Poder Judicial como parte de sus compromisos a nivel internacional ante el BID en cuanto a la implementación de programas no solo de modernización, sino de acceso a la justicia ha creado atención integral a las víctimas no solo de penalización de violencia, ha unido sus despachos en una plataforma llamada PISAV en la cual inclusive la misma defensa publica participa llevando a a cabo las demandas de pensión alimentaria a las víctimas de violencia domestica mientras el agresor se encuentra detenido, para que de esta manera el mismo quede notificado de su obligación alimentaria, ante esta realidad vemos que el Poder Judicial NO Puede NI DEBE quedarse rezagado en el tema de la violencia dentro de nuestra sociedad, una sociedad violenta es reflejo de una sociedad en descomposición, esas no son las enseñanzas que queremos dejar para las generaciones futuras, sino más bien un mensaje de respeto y tutela de los derechos de los más vulnerables.

Revise también

Yayo Vicente

Tambores de guerra

Circunloquio Yayo Vicente Nuestro país descansa su seguridad externa en la institucionalidad internacional. La última …

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Cambio Político
Este sitio usa cookies. Leer las políticas de privacidad.