Sala Cuarta, no esquive su responsabilidad

Luis Alejandro Álvarez Mora

Escribimos hace un mes que era ya inexcusable que la Sala Constitucional no resolviera las Acciones de Inconstitucionalidad relacionadas con el tema del matrimonio igualitario, uniones de hecho y los derechos civiles y patrimoniales implícitos en la tutela de tales derechos.

No pudimos evitar el asombro cuando el Magistrado Luis Fernando Salazar ante la prensa buscó lavarse las manos tratando de culpar a la Asamblea Legislativa, al no haber ésta nombrado los magistrados propietarios.
Tal afirmación no tenía sustento alguno, nos presentó una verdad alternativa.

Trató de justificar lo injustificable.

La posición de la Sala dio un giro inesperado, y recién comunicaron que resolverán en los primeros quince días de agosto, en medio de la peor crisis de toda la historia del Poder Judicial, y expusieron al Magistrado Salazar.
Ahora la espectativa es como lo harán.

Un voto que esquive la responsabilidad que por imperio de ley le corresponde a los Magistrados, y que busque trasladarla al Legislativo, no es de recibo.

Tampoco pueden negarse a reconocer derechos.

Sería un voto contrario al ordenamiento jurídico.

Se expondrían los Magistrados a posibles sanciones penales y civiles, sin dejar de lado que igual lo harían con el estado, que podría ser objeto de condenas innecesarias.

En el caso de la Fertilización in Vitro los Señores Magistrados tuvieron el atrevimiento de anular un Decreto que fuera emitido con base en un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a ésta le correspondió declararlo contario a derecho, inválido e ineficaz.

La Sala excedió sus capacidades, aunque trataron de disimularlo.

Es obligación del estado de que a través de la Sala Cuarta, se pronuncie y que se le garantice a los ciudadanos y habitantes de Costa Rica, una aplicación de la normas, y tutela de derechos, sin excluir a nadie por sus preferencias, o condición.

Insisto, no pueden los Magistrados de la Sala Cuarta, buscar excusas sin fundamento para dejar desamparadado a un sector de la población.

Hay daños graves tanto de orden patrimonial y familiar, así como psicológico y moral.

Estos temas son de primer orden para los interesados que han acudido a las instancias judiciales para hacer valer sus derechos. Urge que el estado les tutele los derechos que hay en disputa y se diriman en estrados como en buen derecho corresponde.

Existe un deber de cumplir con los compromisos adquiridos por el estado costarricense por tratados y convenios internacionales, sin dejar de lado resoluciones de la Sala misma.

Una vez más transcribo las palabras del Juzgador, al resolver la solicitud de reconocimiento de la Unión de Hecho Castro-Zamora, única en Costa Rica a la fecha.

Su claridad de pensamiento da cátedra: “Es un deber del Juez ejercer el control de convencionalidad entre las normas jurídicas internas en asocio y consideración de convenios internacionales debidamente ratificados, y en lo que respecta a derechos humanos … el deber del Juez aplicar Fuentes del Derecho en atención a los casos sometidos a su jurisdicción que venga a sustentar su norte el principio de la Dignidad Humana.”

Abogado y Notario Público

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