Vía costarricense
Johnny Soto Zúñiga
Las redes sociales se han convertido en las páginas del Diario de los ciudadanos en un país; y donde estos creen que pueden opinar y expresar lo que quieran. Antes de la existencia de las redes sociales el privilegio de escribir lo tenían unos pocos que podían enviar sus artículos, derechos de respuestas; siempre y cuando fueran aprobados por la prensa escrita, radio, televisión y los medios de comunicación vigentes. Con el desarrollo tecnológico de la red de Internet en el país; desde la primera vez un “26 de enero de 1993 cuando desde la Unidad de Redes, del Centro de Informática, la Escuela de Geología y la Escuela de Física de la Universidad de Costa Rica se conectaron por primera vez a Internet a una velocidad de 64 Kbps.” (Manual sobre Delitos Informáticos. Roberto Lemaitre. Págs 18 y 19)
Ahora, la gente escribe y publica lo que quiera en las distintas redes sociales; y algunos lo utilizan para insultar u ofender, calumniar, injuriar y difamar contra otras personas; inventar y mentir, levantando falsos testimonios, enviar fotos y memes, en fin todo tipo de vulgaridades o expresiones de manera soez; con el fin de discriminar, ensuciar o basurear a las personas que no les simpatiza o no estar de acuerdo con sus ideas y pensamiento sobre algún tema en específico. Considero que lo más parecido a estos insultos públicos, son los que se observan en los Estadios deportivos u otros espacios públicos; donde la gente se deja llevar por la ira, la rabia o cólera para ofender de lo más bajo a otros seres humanos (vemos insultos llenos de racismo, todo tipo de expresiones vulgares; en realidad no sé con qué fin; según ellos para bajar el ánimo de un jugador de futbol u otro deporte etc.)
Esta semana el pueblo costarricense se sorprendió y muchos se consternaron con las aparentes manifestaciones escritas y públicas de un profesional de la Odontología el Dr. Gamboa; que incluso ocupa una plaza de jefe en la Caja Costarricense de Seguro Social; dirigidas contra la diputada Acuña del Partido Restauración Nacional. Esta situación cobró más relevancia por los cargos que ocupan ambas partes. Si bien el Dr. Gamboa dio disculpas públicas a la diputada Acuña; esto no fue suficiente y afirmó que se sintió víctima ofendida d manera pública y demandará en los estrados judiciales al Odontólogo; por lo dicho en redes sociales; específicamente en la Página de Facebook. Ya serán los Tribunales Judiciales quienes tendrán a su cargo la valoración e investigación si existió o no un delito perseguible en la vía penal u otra vía.
Lo interesante de que si se da un proceso judicial; definitivamente se va ir reiterando una jurisprudencia sobre los aparentes delitos informáticos y penales (calumnia, injuria y difamación etc.) que ya existen varias sentencias condenatorias ejemplarizantes a los que han incurrido en este tipo de delitos informáticos que vengan a dar todo un marco regulatorio para determinar cuando estamos ante un delito o no, con las consecuencias de ir a prisión, pagar los daños morales etc. “La IOCE (International Organization On Computer Evidence) define los siguientes puntos como los principios para el manejo y recolección de evidencia computacional: 1.Sobre recolectar evidencia digital, las acciones tomadas no deben cambiar por ningún motivo esta evidencia. 2. Cuando es necesario que una persona tenga acceso a evidencia digital original, esa persona debe ser un profesional forense. 3. Toda la actividad referente a la recolección, el acceso, almacenamiento o a la transferencia de la evidencia digital, debe ser documentada completamente, preservada y disponible para la revisión. 4. Un individuo es responsable de todas las acciones tomadas con respecto a la evidencia digital mientras que esta esté en su posesión. 5. Cualquier agencia que sea responsable de recolectar, tener acceso, almacenar o transferir evidencia digital es responsable de cumplir con estos principios.” (Op. Cit. Pág. 192)
Si bien el que cometió el supuesto delito; podría haber retirado de inmediato su “insulto o difamación”; pero cualquiera que tenga acceso, podría haber pegado un “pantallazo” de lo escrito y haberlo hecho viral. Esto tendría que solicitarse a la agencia encargada; como en este caso la página FB u otra red; y podría suministrar la información ante la orden de un Juez de la República. Dentro del Debido Proceso inicialmente será el Ministerio Público que tiene a cargo la investigación, como órgano del Poder Judicial, que incluso tiene todo un departamento de Delitos Informáticos; que de manera técnica y profesional investigan todo lo concerniente cuando existe una “Noticia Criminis”; mediante un acto de denuncia, o incluso puede realizar una investigación de oficio si es posible ante un determinado requerimiento o información confidencial o evidencia de un hecho, etc.
El Código Penal costarricense tiene varios artículos referentes a este tipo de delitos; el artículo 145 indica: “El que ofendiere de palabra o de hecho en su dignidad o decoro, a una persona, sea en su presencia, sea por medio de una comunicación dirigida a ella”. El artículo 146 señala: “En que deshonrare a otro o propalare especies idóneas para afectar su reputación”. El artículo 147 indica: “En que atribuya falsamente a una persona la comisión de un hecho delictivo”. Entonces, los ciudadanos de un país deben conocer y saber y pensarlo dos veces antes de “disparar” a diestra y siniestra”, sin ningún tipo de asco ofensas e insultos contra una persona en específico; porque nadie puede alegar ignorancia de las leyes vigentes.
Existen gentes que creen que las redes sociales son para poder cometer este tipo de delitos contra la reputación, honorabilidad y el buen nombre de una persona. Nadie puede afirmar como si fuera un juez que determinada persona cometió un delito; solamente los jueces pueden emitir una sentencia sobre una querella perseguible a instancia privada, previo a realizar una investigación o debido proceso y otorgando el derecho de defensa de un ciudadano. Considero que ningún evento o debate de índole religioso, social y político; debe llevar a cometer ofensas e insultos de todo tipo; para dizque argumentar o imponer las ideas sobre lo que creen de un tema público o privado en específico. Ya es hora de ir parando de manera contundente y sancionatoria este tipo de incidencias de carácter ofensivo digital.
Nadie es dueño de la verdad absoluta en este mundo; solamente Dios El Eterno, Universal y Creador es el único dueño de la verdad; todos somos simples depositarios de lo que creemos y tenemos el discernimiento entre el bien y el mal y de simple lógica mental. Existen leyes de convivencia y principios fundamentales; así como reglas del trato social y respeto al prójimo; independiente de las distintas maneras de pensar o creencias de todo tipo que tenga cada ser humano; esto no obsta que deba prevalecer lo señalado por el Presidente mexicano Benito Juárez desde 1867: “Entre los individuos, como entre las Naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.”