Evolución histórica del Régimen Municipal (II)

Vía costarricense

Johnny Soto Zúñig

Johnny Soto Zúñiga

Seguimos con esta segunda entrega sobre la evolución histórica del Régimen Municipal, señalando que desde sus orígenes existieron dos importantes corrientes: 1-Corriente Visigoda; que se explica desde los primeros años del siglo IV D.C., la Península Ibérica sufre los embates de frecuentes invasiones, que correrán por todo ese siglo y el V D.C. En el año 415 los visigodos derrotan a otras tribus germánicas como los suevos, los alanos y los vándalos, quedando de hecho como los verdaderos dominadores de la Península. Figuras como Eurico, Alarico y Teodorico, consolidaron pronto el Reino Visigodo. Sin embargo, la romanización de estas tribus fue evidente, pues adoptaron una multiplicidad de costumbres y reglas latinas vertidas en códigos, como el de Eurico; la Lex Romana Wisigothorum de Alarico, también conocido como Liber Juris; o el Edictum Theodorici dado por Teodorico el Grande, muy probablemente a principios del siglo VI D.C. (Fuente: Jurista mexicano Carlos F. Quintana Roldán. Derecho Municipal)

También se destacan dos instituciones municipales muy importantes de este período que son los Conventos publicus vicinorum y el Placitum, que son antecedentes directos de los llamados cabildos abiertos de la España medieval; que son reuniones de los habitantes para debatir los problemas y buscar entre todos las soluciones administrativas y técnicas en sus propias comunidades; esto es participación ciudadana directa. Se señala el Placitum que reunía a las gentes, pero con un carácter más de emisión de una especie de sentencias judiciales, parecido a jurados populares; siendo antecedentes de toda la estructura judicial o similares a lo que de hoy gozamos. 2- La segunda corriente de influencia en la evolución histórica es la Árabe; se señala que los siete siglos de ocupación en España del año 711 al 1492 D.C. aportó elementos importantes en toda la estructura administrativa española.

Podemos destacar las múltiples figuras árabes que se conservaron, después de que terminó la reconquista árabe en España, señalamos a continuación algunos de importancia: a) Alcalde (Al’kade) que en su etimología significa juez, b) Alcaide (al’gaid) significa jefe de una Guarnición o Fortaleza, c) Alamín (al’amine) equivalente a síndico o defensor de la ciudad, d) Alarife (al’arifen) de donde se desprendió la figura del alarife mayor de los municipios castellanos, encargado de las obras arquitectónicas de la comuna, e) Alguacil (al’wasir) gendarme, policía, hasta la fecha es común en el ámbito municipal, f) Alfaqui (al’faqih) jurista, abogado, encargado de atender diversos asuntos del Municipio de Castilla y de León. En resumen, creemos que si bien no se integró un Municipio hispano-árabe, por la notable diferencia de culturas, idiomas, religión, etc.; la dominación árabe aportó diversos elementos, entre las señaladas y muchas otras, que serán posteriormente tomadas por el municipio español de la Baja Edad Media.

El Profesor Quintana Roldán sintetiza claramente la situación de la influencia así: “Los estatutos de las ciudades y poblaciones de la España Medieval en los que se recogían las prerrogativas, privilegios o exenciones que disfrutaban sus habitantes, se conocieron precisamente como Fueros Municipales, también llamados Cartas-Pueblas. El Diccionario de Historia de España define al fuero municipal como: “…el estatuto jurídico privilegiado de las ciudades o poblaciones medievales, la redacción o expresión escrita de los privilegios concedidos a la localidad por el rey o el señor, de la autonomía mayor o menor del Concejo o Municipio y del derecho local en su conjunto o solamente en alguno de sus aspectos.” Los privilegios o fueros municipales obedecieron en mucho a las actividades de la Reconquista en las que los reyes hispanos se enfrascaron por largos siglos. La lucha de moros y cristianos habría de influir profundamente en la cultura y costumbres españolas que nos trasladarán después con la Conquista y la Colonia. Efectivamente, en la medida que los soberanos deseaban ganarse el apoyo de las ciudades y sus habitantes en sus tareas guerreras, ofrecían y otorgaban concesiones, exenciones o privilegios.” (Op.cit. págs.38, 39)

Cabe destacar el Municipio de Castilla que utilizaba una estructura democrática, de participación de los ciudadanos mediante una Asamblea General que resolvían entre sus miembros los problemas comunes; se podría afirmar que es un antecedente directo del Ayuntamiento como representación del gobierno local; como actualmente funciona. Incluso, en la segunda mitad del siglo XII, los ayuntamientos organizados logran ser partícipes de las asambleas generales del Estado. Los ayuntamientos españoles tenían su patrimonio compuesto por los tributos de los vecinos y los bienes inmuebles ya fueran cedidos por la Corona o ganados en la guerra etc. (Actualmente las municipalidades se nutren de impuestos y servicios y sobre los bienes inmuebles). También estaban los “jurados”: funcionarios integrantes del Concejo, eran electos una vez al año y al reunirse formaban el denominado: “cabildo” con funciones de contralor administrativo en representación del Poder Central.

En síntesis, todos los anteriores elementos son antecedentes directos de la concepción del municipio actual, desde la génesis hasta la introducción en el continente americano, y de lo que no se escapa Costa Rica; siendo precisamente el traslado del ayuntamiento según los lineamientos del Reino de Castilla, pero en la Colonia adquirió su fisonomía propia y criolla; y con sus propias adaptaciones en los países especialmente América Latina donde la figura de las Alcaldías y los Concejos municipales son órganos del gobierno local con menos o más competencias, poder político y recursos financieros según la realidad de los distintos países. El reconocimiento del Régimen Municipal a través de los años desde la conquista europea en América hasta nuestros días ha sido de poder avanzar poco a poco en la consolidación de un desarrollo local propio, el desarrollo urbanístico, la planificación de la ciudad, de gobiernos locales cada día más autónomos; fortaleciendo la descentralización institucional para que los municipios obtengan mayores compromisos, responsabilidades y decisiones en sus propios territorios y comunidades.

Hasta aquí, esta segunda entrega sobre la evolución histórica del Régimen Municipal, exponiendo de forma resumida la génesis del municipio, las dos corrientes de su origen: a) Visigoda y b) Árabe; donde heredan muchos de los elementos que han sido base de la estructura administrativa y funcional de los municipios actuales; que en nuestro continente americano, el inicio del ayuntamiento, los cabildos y gobiernos locales desde la época de la Colonia hasta nuestros días. En las próximas entregas estaré escribiendo sobre el desarrollo municipal y la historia en nuestro país; los períodos de 1824 a 1850 hasta la Ley de Ordenanzas Municipales de 1862 y 1867 y posteriormente todo el desarrollo institucional de los gobiernos locales en Costa Rica.

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