Vía costarricense
Johnny Soto Zúñiga
La Sala Constitucional dictó una resolución sobre el manejo de la Política Exterior costarricense, de parte del Poder Ejecutivo, encargado a través de la Cancillería de la República del manejo de las relaciones diplomáticas y administrativas con las Naciones del mundo. Me parece muy interesante para los estudiosos de las relaciones internacionales, el Derecho Internacional Público y las Ciencias Políticas, que puedan analizar los alcances y límites de las potestades constitucionales del Poder Ejecutivo. La sentencia es la número 2016-16359, donde rechazan el recurso de amparo presentado por el diputado Rolando González (PLN), en ejercicio del control político que ejercen los diputados de la Asamblea Legislativa. El recurso de amparo iba en el sentido de que se revelaran los 12 informes que el embajador costarricense en Brasil entrego a la Cancillería sobre el caso del proceso de destitución de la presidenta de Brasil, Dilma Rousseff; para muchos considerado un “juicio político” y para otros conforme al procedimiento constitucional de destitución de un presidente (Impeachment).
La Sala Constitucional se basa en la aplicación del artículo 30 de la Constitución Política que expresa: “Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público. Quedan a salvo los secretos de Estado.” Y en su resolución señala que se trata de “asuntos concernientes a las relaciones internacionales y la política exterior del país, asuntos que, en tesis de principio, no tienen control jurisdiccional”. La Cancillería decretó el asunto de “reserva especial”, que la convirtió en secreto de Estado; y así no otorgar los informes solicitados por el diputado González; que tuvo como consecuencia el retiro el 20 de setiembre del Presidente Luis Guillermo Solís y parte de la delegación costarricense del Salón de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), precisamente en el momento que iniciaba el discurso el presidente actual de Brasil Michel Temer. Esto produjo la reacción de muchos cuestionamientos y críticas de algunos costarricenses; sobre la acción del Presidente de la República Luis Guillermo Solís.
La Cancillería se basó en el artículo 140 inciso 12 de la COPOL: “Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno: Dirigir las relaciones internacionales de la República;” y con base en el artículo 146 emitieron el decreto ejecutivo; declarando la “reserva especial” de la información diplomática, en este caso específico sobre la situación política de Brasil. Me parece que debe existir un equilibrio en la información que se le dé a la ciudadanía; y el Gobierno de la República debería haber sido más transparente a la hora de tomar una decisión sobre el caso de marras. Estamos hablando de que tenemos relaciones con una de las principales economías del mundo; por su tamaño y ser la economía más grande de América Latina; independiente del tema político de la destitución constitucional o no de la ex presidenta Rousseff; que es un asunto estrictamente interno de ese país.
Todavía quedan muchas dudas; sin embargo no amerita un agravamiento de nuestra política exterior hacia esa República Federal; no exponer al país a tener problemas con Brasil; al contrario es más grave lo que sucede en Venezuela, Nicaragua u otros países; donde constantemente se violan los derechos fundamentales y el sistema democrático de libre participación; y prácticamente el país no se pronuncia en condenar diversos hechos contrarios a las libertades públicas que hemos defendido en el Concierto de las Naciones. Por otra parte, mediante un comunicado de prensa, Casa Presidencial reaccionó al fallo de la Sala IV, así:
“El Tribunal Constitucional ha reafirmado la necesidad de preservar la información relacionada con los asuntos diplomáticos en curso. Con ello, confirmó la legitimidad de las actuaciones desplegadas por el Poder Ejecutivo, destinadas a proteger los más altos intereses nacionales. La sentencia completa no nos ha sido comunicada. No obstante, esta será acatada en su totalidad”, dijo Marvin Carvajal, director jurídico de la Casa Presidencial.
Sobre este aspecto; queremos que de manera clara el Gobierno de la República; nos señale cuáles son los más altos intereses nacionales; para haber tomado esta decisión política ante Brasil. Me parece excesivo tanto secreto de Estado; de una decisión de política exterior; que no se ve cual sería el perjuicio o daño al país; en que se podría incurrir. Desde hace muchos años nuestra política exterior fue bien definida por el ex canciller Dr. Gonzalo J. Facio Segreda, cuando escribió: “Por todo ello, en este período que hemos denominado de madurez de nuestra política internacional, hemos tratado de apartarnos de las elucubraciones teóricas que no tienen sustento en la experiencia del mundo en que vivimos. Nos hemos caracterizado por conjugar los principios ideales de nuestro movimiento con la realidad histórica en que se han de aplicar. De ese ejercicio han surgido ciertas normas flexibles, que se pueden calificar de pragmáticas, sin que estén despojadas de una buena dosis de idealismo.
Veámoslas: 1- Autodeterminación y pluralismo: Como queremos que se respete el sistema democrático representativo que Costa Rica ha escogido como norma política de gobierno, y el sistema de economía mixta que hemos adoptado para normar nuestro desarrollo, proclamamos el derecho que tiene todo Estado para escoger su sistema político, económico y social, sin injerencia por parte de otros Estados. Esta tesis se basa en tres principios elementales del derecho internacional: la no intervención; la autodeterminación de los pueblos; y la igualdad jurídica de los Estados.” (Nuestra Voz en el Mundo. Gonzalo J. Facio. Págs. 7 y 8)
Considero; que hasta la fecha esta definición y acción de nuestra política exterior ha dado resultado; con el fin de no estar alineándonos con bloques regionales; o por grupos de Estados que tal vez no piensen igual que nosotros. En lo que si debemos ser contundentes es el de apoyar que los Estados respeten los Derechos Humanos fundamentales; estar contra las armas de destrucción masiva y la carrera armamentista, y toda forma de opresión y violencia contra los seres humanos. Estos son los fundamentos de nuestra política internacional; que nos ha dado un respeto y credibilidad ante el mundo y muchas veces convertirnos en un referente moral; así como creer en el sistema interamericano; los organismos regionales y generales; y creer en el respeto al ordenamiento jurídico internacional; a la hora de dirimir tanto nuestras diferencias internacionales como las de otros Estados.