Chile, Pinochet, Garzón y la justicia universal


Simenon / Flickr, CC BY-SA

María Corres-Illera, Universidad Pontificia Comillas

Este 11 de septiembre se cumplen 50 años del golpe de Estado en Chile y el 17 de octubre, 25 años de la detención de Pinochet en Londres. Este hecho tuvo un gran impacto mediático, a la vez que sentó un precedente sobre el uso del principio de justicia universal y la aplicación del derecho internacional público.

El principio de justicia universal sirve para que los crímenes más atroces como el genocidio, las torturas o los crímenes de lesa humanidad no queden impunes y que, si los propios países donde se cometen los delitos no quieren llevar a juicio a los perpetradores, sea responsabilidad de todos los países que se haga justicia por las víctimas.

Esta es la base sobre la que se constituyó, en 1998, la Corte Penal Internacional. Desde su puesta en marcha, en 2002, ha tenido a su cargo perseguir y enjuiciar estos crímenes.

Detractores de Augusto Pinochet levantan fotografías con imágenes de víctimas de violaciones a los derechos humanos y detenidos desaparecidos cuando se convierte en senador vitalicio.
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / Wikimedia Commons, CC BY

Crímenes de lesa humanidad

En el transcurso de los 17 años de dictadura chilena (1973-1990), tuvieron lugar diversas violaciones de derechos humanos: desde las detenciones ilegales y las desapariciones de personas, hasta los asesinatos y las torturas (Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, tomo 1, página 22).

A finales de la década de 1990 no parecía que Chile tuviera mucho interés en abrir una causa judicial por estos delitos. Sin embargo, en España se había iniciado en 1997 la fase de instrucción por crímenes de lesa humanidad contra víctimas españolas.

Baltasar Garzón
El exjuez Baltasar Garzón en 2013.
Víctor Santa María / Flickr, CC BY

Cuando en octubre de 1998 se tuvo conocimiento de que Pinochet había viajado a Inglaterra para someterse a una operación de espalda, el juez Baltasar Garzón, encargado de la investigación sobre la Operación Cóndor, presentó una solicitud para interrogar a Pinochet.

Mientras los tribunales británicos consideraban la solicitud, España recibió información de que Pinochet se disponía a abandonar el país. Eso llevó a Garzón a interponer una orden de arresto y, después, una petición de extradición para que el exdictador no abandonase Europa. Contra todo pronóstico, la petición fue aceptada por las autoridades británicas e inmediatamente se detuvo a Pinochet en Londres. Fue la primera vez que se arrestó a un exjefe de Estado sobre la base del principio de jurisdicción universal.

¿Inmunidad o impunidad?

Los abogados de Pinochet trataron de convencer a los tribunales británicos de que España no tenía competencia para inmiscuirse en asuntos chilenos. Además, alegaron que Pinochet gozaba de una doble inmunidad en el Reino Unido: al ser senador vitalicio en el momento de su viaje, como reflejaba su pasaporte diplomático, gozaba de inmunidad funcional. Asimismo, al haberse cometido los crímenes de los que se le acusaba durante el tiempo que estuvo al frente de la jefatura del Estado, también gozaba de inmunidad personal al respecto.

Sin embargo, España rechazó ambos argumentos considerando que la orden de detención estaba amparada por el principio de justicia universal, establecido desde los Juicios de Núremberg como mecanismo de defensa del conjunto de la comunidad internacional contra los crímenes más atroces, y habilitando a cualquier Estado a perseguirlos. Para evitar que Pinochet pudiera regresar impune a Chile, en caso de que Reino Unido no accediera a la extradición española, se sucedieron varias peticiones de extradición por parte de otros países europeos.

Extradición concedida

Los tribunales británicos resolvieron que Pinochet sí gozaba de inmunidad, por lo que no procedía su extradición. La decisión fue apelada por España alegando que, aunque según el derecho internacional los jefes de Estado tienen inmunidad personal –todas sus actuaciones mientras están en el cargo se consideran realizadas en el ejercicio de sus funciones–, esto excluye las violaciones de los derechos humanos, que en ningún caso podrán ser consideradas instrumentos a disposición de los mandatarios.

Esta cuestión fue trasladada por la fiscalía británica a la Cámara de los Lores, que se pronunció a favor de la posición española. La Cámara acordó que respetar la inmunidad de Pinochet como jefe de Estado por los crímenes de los que se le acusaba sería como aceptar la inmunidad de Hitler sobre los crímenes del Holocausto.

Finalmente, en 1999, el Reino Unido acabó concediendo la extradición a España, sentando un precedente sobre la capacidad de la comunidad internacional para luchar contra la impunidad de las violaciones de derecho humanos.

De vuelta a Chile

Aunque legalmente Reino Unido reconoció las peticiones del juez Garzón, Pinochet nunca fue a España para ser juzgado, ni siquiera interrogado. En el año 2000, el Gobierno británico consideró que, debido a su frágil estado de salud, sería más apropiado que volviese a su país por razones humanitarias.

Augusto Pinochet yace muerto en el ataúd con tapa transparente, una chica se acerca.
Féretro de Augusto Pinochet en el salón central de la Escuela Militar, Santiago de Chile.
En Todos Lados !!’s / Wikimedia Commons, CC BY

Tras su vuelta a Chile, se interpusieron más de 2 000 demandas en su contra por violaciones de derechos humanos. La repercusión que tuvo el arresto internacional de Pinochet provocó que los tribunales chilenos se interesaran por esclarecer los hechos, lo que supuso un enorme avance en la búsqueda de justicia para las víctimas de la dictadura.

El exdictador murió en 2006 sin llegar a ser sometido a juicio pero, como señala el juez Garzón: “Si Pinochet no fue juzgado, y eventualmente condenado, es porque falleció”, no porque se le considerara impune de sus actos. Tras su detención en Londres, quedó claro que si volvía a Chile era porque su salud le impedía someterse a juicio, y no porque se le considerara inocente.The Conversation

María Corres-Illera, Profesora de Derecho Constitucional, Universidad Pontificia Comillas

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

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