Algunas reflexiones marxianas
Gerardo Hernández
En tanto elemento fundamental para la producción y reproducción de la vida humana, el agua ha sido un factor económico fundamental en la historia de la humanidad, bajo cualquiera de los modos de producción que se han dado y bajo cualquiera de las formas de apropiación que han existido y existen hoy en día.
En El Capital y en términos económicos, Marx consideraba el agua como parte del objeto fundamental sobre el que se realiza el trabajo humano, la tierra: “La tierra (la cual, económicamente hablando, incluye también el agua), en el estado originario en que proporciona al hombre víveres, medios de subsistencia ya listos para el consumo, existe sin intervención de aquél como el objeto general del trabajo humano. Todas las cosas que el trabajo se limita a desligar de su conexión directa con la tierra son objetos de trabajo preexistentes en la naturaleza” (Tomo I, 216-217)
En otra parte, Marx considera que el agua es parte de los medios de producción preexistentes en la naturaleza y que, por ello, sirven para crear valor de uso pero no para producir valor de cambio: “Se evidencia así, de manera contundente, que un medio de producción nunca transfiere al producto más valor que el que pierde en el proceso de trabajo por desgaste de su propio valor de uso. Si no tuviera ningún valor que perder, esto es, si él mismo no fuera producto de trabajo humano, no transferiría valor alguno al producto. Serviría como creador de valor de uso, pero no como productor de valor de cambio. Es éste, por consiguiente, el caso de todos los medios de producción preexistentes en la naturaleza, sin intervención humana, como la tierra, el viento, el agua, el hierro en el yacimiento, la madera de la selva virgen, etcétera.” (246-247)
En ese sentido, Marx no haría ningún escándalo porque en una ley se reconozca al agua como un factor económico fundamental, tanto por lo citado anteriormente como por grandes espacios de su obra en que hace referencia a los “saltos de agua” como fuerza motriz para la producción.
Ahora bien, también Marx apunta a otra dimensión económica en la que interviene el agua, ya no por el agua misma sino por la forma de apropiación, como potencial generador de renta diferencial para aquellos que se apropien de tierras con abundancia de ese recurso. Así lo señala al inicio del Capítulo XLVI del Tomo III de El Capital: “Dondequiera que las fuerzas naturales son monopolizables y aseguran al industrial que las emplea una ganancia excedente, ya se trate de un salto de agua, de una mina rica, de aguas abundantes en pesca o de solares bien situados, nos encontramos con que la persona que por su título sobre una porción del planeta puede alegar un derecho de propiedad sobre estos objetos naturales, se apropia esta superganancia y se la sustrae al capital activo, en forma de renta.”
En ese sentido, más importante que si el agua es un factor importante en la economía o no, es el asunto de la apropiación y uso de dicho recurso. Por ello se pueden puntualizar lo siguiente:
a) El agua, como otros recursos naturales, constituye un elemento económico fundamental en el sentido de que está intrínsecamente ligado a la producción y reproducción de la vida humana. Vida humana que es, en términos marxistas, vida social; vida social que supone producción en sociedad; sociedad caracterizada por ciertas relaciones de producción propias de un modo de producción.
b) En ese sentido, no es el modo de producción capitalista, per sé, el que le da un carácter económico al agua. Tendría dicho carácter en cualquier modo de producción y bajo cualquier forma de apropiación del recurso, sea privado, comunal, colectivo e incluso si no se le conceptualizara en términos de propiedad, como ha sucedido y sigue sucediendo en muchas culturas. O como sucede aún con otros recursos como el aire y la luz del sol.
c) En el contexto particular del modo de producción capitalista, el uso del recurso agua adquiera, claro, ciertas particularidades como la posibilidad, entre otras, de que devenga en mercancía. Mercancía en términos de que ya no sea sólo una materia prima en su forma natural como la caracterizaba en un primer momento Marx, sino de la existencia de un proceso de “producción social y económica del agua” como bien y como servicio, que conlleva trabajo, tecnología y que genera tanto valor de uso como valor de intercambio.
d) Intercambio que puede darse de varias formas: 1) bajo la lógica de la rentabilidad y la acumulación cuando la producción y distribución son controladas por privados avocados a la generación de ganancias; 2) bajo la lógica de garantizar el servicio y el derecho al agua, distribuyendo socialmente el costo, cuando es controlado por entes públicos o por entes privados sin fines de lucro; 3) bajo una combinación de esas y otras formas.
e) Cabe señalar que, en términos marxistas, la modalidad 2) ha sido conceptualizada también como parte de las condiciones para la acumulación de capital garantizadas estatalmente, por la relevancia que tiene para la reproducción y condiciones de vida de la fuerza de trabajo y por los altos costos de inversión que supone la “producción social del agua” en términos que no son los de la rentabilidad directa. Esto explica por qué la privatización estricta de los servicios de agua y saneamiento, es un fenómeno bastante minoritario a nivel mundial, si se lo compara con la prevalencia de servicios públicos estatales, comunales o a cargo de entidades sin fines de lucro.
f) Dejar la gestión del recurso hídrico en manos de la “mano invisible” del mercado, sería un desastre social y económico. Y por otro lado, no por estar solo en manos del Estado la gestión del recurso y la prestación de los servicios, se dejaría de ser funcional a los intereses de acumulación capitalista, aunque estos no participaran directamente de la actividad, más allá de su carácter de usuarios. Por eso, en un debate tan importante como este, las visiones dicotómicas y maniqueas no ayudan mucho a la comprensión.
Como puede verse, negar el carácter económico del agua y quedarse en un debate centrado en si debe tener o no ese carácter es absurdo, porque equivale a debatir sobre si el sol es una estrella o no.
El agua es un elemento fundamental de la economía y más si uno se posiciona en la perspectiva de una economía a favor de la vida, a favor de los derechos humanos, a favor del buen vivir de las mayorías y no de la buena vida de unos pocos. Tan relevante es como parte de la economía, que por ello se requieren regulaciones e institucionalidad pública que garanticen lo que el mercado nunca podría garantizar.
Entender y asumir las problemáticas asociadas al agua hoy en día, en términos de su proceso de producción social y económica, es cada vez más relevante en tanto más escaso se vuelve el recurso y más conciencia tomamos de ello. Conciencia de la que, por cierto, se estaba muy lejos en los tiempos de Marx.
Como proceso social, es también político y conflictivo. Por ello, efectivamente, hay que tener conciencia y ejercer agencia, frente a las presiones e intereses privados que buscan una mayor mercantilización lucrativa del agua, mediante la apropiación del recurso y prestación de servicios. Pero esto no es algo que derive automáticamente o que inicie, a partir de que se conceptualice el agua como un bien económico y que se le reconozca valor económico a ciertos usos distintos al del consumo humano.
Decir que si se aprueba la ley se van a abrir puertas a la mercantilización del agua es negar que ya se han venido dando claras y evidentes experiencias de ese tipo bajo el marco regulatorio actual y sin una adecuada compensación de parte de quienes lucran astronómicamente con un recurso de dominio público y “compensan” pírricamente a la colectividad.
El frio no está en las cobijas y el proyecto de Ley de aguas contiene importantes avances contra el frío que, lamentablemente, algunos grupos y sectores interesados no quieren apoyar, sea por defender intereses particulares o por diferencias de criterio en cuanto las normas propuestas en el proyecto. Menciono solo algunos de esos avances: a) reforzar el dominio público del recurso, con lo cual se limitan las posibilidades de apropiación privada del mismo. b) mantener y reforzar el carácter público o bien privado no lucrativo, de las entidades que participen en la prestación de servicios de agua potable. c) establecer el uso para el consumo humano como prioridad y como un derecho humano. d) Platear un diseño institucional que aspira a una mayor coordinación, participación y efectividad en la gestión de los recursos hídricos, frente a la dispersión y descoordinación reinantes en la actualidad. e) Mantener, en concordancia con lo establecido por la Sala Constitucional, las zonas de protección de fuentes de agua. f) Reforzar el concepto de servicio público que tienen precisamente los servicios de agua potable. g) Establecer mecanismos para una gestión más participativa con enfoque de cuencas. h) Limitar la exportación de agua si esta pone en riesgo el consumo humano y la seguridad alimentaria …. entre muchas otras.
Termino reiterando que el problema no está en el reconocimiento del agua como bien económico. El problema central está en quién se apropia y para qué fines se gestiona el recurso. Y el proyecto de ley avanza en reforzar el concepto constitucional del agua como bien de dominio público; en el acceso al agua como un derecho humano prioritario y en el carácter público, no lucrativo, de la prestación del servicio. Así mismo, en establecer una compensación razonable, no pírrica como en la actualidad, de quienes lucran con el recurso o lo contaminen.
En general, si se llegara aprobar, nuestro marco regulatorio incorporaría la conceptualización de bien económico, sí, pero con un dominio público reforzado. Aspecto que, desde mi perspectiva, constituye un paso fundamental para hacer efectivo el acceso al agua como derecho humano.