Ágora*
Guido Mora
guidomoracr@gmail.com
El día de ayer el diario digital Cambio Político publicó un artículo del Lic. Alex Solís Fallas, en donde exponía sus argumentos justificando la necesidad de una nueva Constitución Política en Costa Rica.
Según argumentó Alex en su exposición,
“Debemos aceptar que la gente no está bien, se encuentra indignada y ya no aguanta más el estado de cosas en que se encuentra el país. Ustedes los saben, cuando hacen fila ante los hospitales públicos, los tribunales de justicia o malgastan su vida durante dos, tres y hasta cuatro horas viajando a sus trabajos…
Estamos estancados en una zona muerta, en un presente sin futuro…
…Yo me lleno de angustia cuando pienso que mientras los panameños lograron duplicar la capacidad de su canal, construyeron un tren subterráneo, autopistas y puentes, nosotros no hemos sido capaces de arreglar el puente de la platina, ni hacer que los hospitales públicos y los tribunales de justicia y demás servicios públicos funcionen con eficiencia.
Por eso tenemos que modernizarnos, volver a pensar en grande y abrazarnos a un proyecto común, que nos convoque y llene de ilusión a todos. Precisamente el sueño de construir una nueva Costa Rica se concibe, se labra y se pule en la necesidad de convocar una Asamblea Constituyente”.
Yo no soy abogado de profesión, sin embargo, y con todo el respeto que me merece el autor de este artículo, no entiendo que tiene que ver la Constitución Política de Costa Rica, con las filas en los hospitales públicos, el tiempo que se demora un juicio o un fallo en los Tribunales de Justicia o con los congestionamientos que se presentan en las carreteras del país. No comprendo la relación que tiene la Constitución Política con la construcción de trenes o canales en otros países, o de infraestructura en el nuestro; con los problemas en el puente de la platina o con el funcionamiento de los hospitales o los tribunales de justicia.
“La Constitución Política del Estado es la norma jurídica suprema positiva que rige la organización de un Estado, estableciendo: la autoridad, la forma de ejercicio de esa autoridad, los límites de los órganos públicos, definiendo los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos y garantizando la libertad política y civil del individuo”.
No entiendo con toda franqueza, que tiene que ver este conjunto de normas generales que establecen el ejercicio de la autoridad, los límites de los órganos públicos; que tiene que ver con los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos, de manera que garanticen la libertad política y civil de los individuos; con el sistema anquilosado de leyes de segundo orden, que han promovido, aprobado y puesto en vigencia nuestros diputados, para evitar que los sectores público y privado, se alejen de la tentación de apropiarse o usar indebidamente fondos públicos.
No comprendo que tiene que ver la Constitución Política con el establecimiento de reglamentos, trámites, empoderamiento de grupos sociales, políticos o gremiales, que muchas veces dependen de la decisión de un grupo de personas, que en vez de enfrentar a quienes pretenden privilegios desmesurados, prefieren suscribir acuerdos, en los que no pocas veces se han beneficiado personalmente, renunciando a su obligación, como jerarcas del sector público, de defender el bienestar de las mayorías. No comprendo cómo, cambiando la Constitución Política vamos a pasar por encima de convenios internacionales, de muchos mandos medios del sector público que se han apropiado de las estructuras del Estado, o de las acciones de algunos empresarios privados, acostumbrados a burlar las leyes de la República, con la complicidad de grupos de funcionarios públicos, que están dispuestos a recibir una dádiva, para facilitar o aligerar un trámite.
Estoy en contra de la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente por dos razones:
1- Considero que los problemas que sufre el país no dependen ni son producto de las normas que contiene la Constitución Política actual. Los problemas que sufre Costa Rica son el resultado de la inacción, de la falta de rendición de cuentas, de la incapacidad de los gobernantes que han dirigido este país durante los últimos años del Siglo XX y los primeros de este Siglo; de la ausencia de liderazgo y de la actitud complaciente de los partidos políticos para sostener, en sus filas y promover a posiciones de elección popular a ciudadanos incapaces, que pueden posiblemente ejercer un cargo en una instancia de poder inferior, pero que jamás debieron ocupar una curul en la Asamblea Legislativa. A lo largo de muchos años, hemos tenido ejemplos claros de personajes que han llegado al Estado a servirse o a servir intereses de grupos de poder a quienes asesoran o representan. Las normas generales que debe establecer la Constitución Política no tienen por qué, ni deben extender sus alcances a las particularidades antes mencionadas. Son las leyes de nivel inferior a la Constitución Política, las que deben normar estos comportamientos y estas acciones. No veo como transformado la Constitución Política se transformen las perversas actitudes que han asumido, asumen y ejecutan, quienes utilizan o se sirven del Estado, para obtener beneficios personales, en detrimento de los derechos de los demás costarricenses. Me parece que circunscribir las condiciones negativas que caracterizan al Estado costarricense y los problemas que enfrentamos como Nación a la caducidad o la perdida de vigencia de la Constitución Política de 1949, es realizar un análisis simplista de la realidad que nos circunda y las complejas situaciones sociales y políticas que nos aquejan.
2- Creo sinceramente que no están dadas las condiciones para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente. No sé qué dirán ustedes, pero no quiero ni pensar en la posibilidad de poner en manos de muchos pseudo pensadores, diputados actuales, presuntos líderes políticos y demás fauna del escenario político costarricense, ubicados en todos los partidos políticos, -pues ninguno se salva de la crítica-, la posibilidad de modificar, transformar o redactar una nueva Constitución Política. La sola presencia de algunos de estos personajes, que pueden arrastrar sus influencias para ser electos como Diputados Constitucionalistas, me horroriza. La posibilidad de que los Oscar López, los grupos evangélicos o las Ligias Fallas -para mencionar solo algunos casos-, puedan ocupar un asiento en una Asamblea Nacional constituyente, me llena de terror.
Algunos dirán que siempre estará viva esa posibilidad, pues la Asamblea Legislativa es el reflejo de la sociedad costarricense. Es posible, pero en este momento no hay contrapesos importantes que permitan pensar en la posibilidad de que el resultado del esfuerzo que significa una Asamblea Nacional Constituyente, sea mejor al conjunto de las normas jurídicas dogmáticas y orgánicas contenidas en la Constitución Política de 1949.
Para finalizar, no estoy de acuerdo con el argumento de que la Constitución Política ha perdido vigencia, pues fue redactada en 1949. La Constitución Política de Estados Unidos fue redactada en 1787 y las normas generales que la componen, al igual que la de Costa Rica, tampoco ha perdido vigencia.
Si queremos cambiar las condiciones prevalecientes en Costa Rica, revisemos las leyes de contratación, las leyes de tránsito, las normas anticorrupción y todas aquellas normas y reglamentos que regulan el funcionamiento del Aparato de Estado. Propongámonos castigar con vehemencia al infractor, que el castigo y la multa conlleven al ciudadano a evitar convertirse en transgresor y dejemos de ser tan condescendientes con quienes delinquen y violan las leyes.
* El Ágora era el centro de la actividad política, administrativa, comercial y social de la antigua Atenas.