Vía costarricense
Johnny Soto Zúñiga
Costa Rica era una provincia del antiguo Reino o Capitanía General de Guatemala; fue la época colonial hasta que en 1821 se otorgó la independencia política de España en conjunto con las demás provincias que conformaban el Reino, fue fácil y pacífica, no hubo balazos ni muertes. Primero fue México con el Pacto de Iguala que proclamaba la independencia e invitó al Ayuntamiento de la ciudad de Guatemala a seguir en esta dirección. Chiapas era la parte del territorio centroamericano que estaba más próxima a México. El día 15 de setiembre de 1821 en Guatemala se conocieron los hechos y realizaron una reunión de la Diputación Provincial y asistieron representantes del Ayuntamiento y autoridades eclesiásticas, civiles y militares y llegaron los vecinos del lugar; ahí se acordó la independencia de España.Por su parte la Diputación Provincial de Nicaragua y Costa Rica, con sede en la ciudad de León, no aprobó el acta de Guatemala, y redactó otra donde se acordaba la independencia de España manifestando que la aceptaba “hasta tanto que se aclaren los nublados del día”. Es hasta el 13 de octubre de 1821 que llega el correo a Cartago con las “copias del acta de Guatemala y del acta de León” y el gobernador de Costa Rica coronel Juan Manuel de Cañas convoca a una reunión del Ayuntamiento de la ciudad, e invitó al Vicario Eclesiástico presbítero Pedro Alvarado, al cura de Cartago Pbo. don Joaquín Alvarado, al funcionario encargado de la Hacienda Manuel García Escalante, y a los sargentos mayores Agustín Barba y Juan Dengo (Ver: Hechos Militares y Políticos. Rafael Obregón Loría)
Es claro que la formación y consolidación del Estado Nacional que inicia desde 1821 y se dice que llega hasta 1871, se dan los cimientos de nuestra democracia republicana hasta nuestro días, de aquí que la historia lo llaman “el milagro griego” al sistema político dentro de la cultura occidental. Esto nos garantiza una estabilidad republicana y que incluso hemos sido objeto de admiración internacional. En comparación con el resto de América Latina que si hubo una guerra de independencia; aquí fue pacífica, solo interrumpida por la guerra patria de 1856 contra los filibusteros provenientes de los estados sureños de EE.UU., que aliados con el resto de centroamericanos se tuvo que ir a las armas a defender nuestra libertad y soberanía durante el gobierno de Juanito Mora.
Más adelante viene la época de los años 40s del siglo XX, de las garantías sociales y la guerra civil de 1948; como expresó don Eugenio Rodríguez Vega sobre la Constitución Política de 1949 que actualmente nos rige: La Constitución vigente, que se promulgó el 7 de noviembre de 1949, significó otra transacción en nuestro desarrollo político. Perdida la tesis de redactar un texto constitucional absolutamente nuevo, la lucha del sector que hemos designado como progresista se encaminó a tratar de obtener el mayor número posible de conquistas, dentro de las circunstancias; así,…fueron aceptadas normas tan importantes como la proscripción del Ejército, un extenso Título de “Derechos y deberes Políticos” que incluía al Tribunal Supremo de Elecciones, un importante Título de “Derechos y Garantías Sociales”, el Servicio Civil, la Contraloría General de la República, etc.
Tal vez puede apreciarse mejor la actitud de transacción que privó muchas veces en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente, si examinamos lo ocurrido con el tema de las instituciones autónomas. El proyecto de la Junta de Gobierno dedicó a estos organismos un Título muy extenso; finalmente la Asamblea admitió la inclusión de tres breves artículos sobre la materia, que fueron sin embargo una base suficiente para el enorme desarrollo de estos institutos en las décadas siguientes. Este es uno de los aspectos básicos en la modernización del funcionamiento del Estado; los tres artículos originales aceptados por la Asamblea fueron los siguientes: Artículo 188.-Las instituciones del Estado gozan de independencia en materia de gobierno y administración…
Artículo 189.-Son instituciones autónomas:1) Los Bancos del Estado; 2) Las instituciones aseguradoras del Estado; 3) Las que esta Constitución establece, y los nuevos organismos que creare la Asamblea Legislativa por votación no menor de los dos tercios del total de sus miembros. Artículo 190.-Para la discusión y aprobación de proyectos relativos a una institución autónoma, la Asamblea Legislativa oirá previamente la opinión de aquélla.
Por lo tanto para seguir consolidando nuestra democracia debe hacerse énfasis en “la gobernanza” que hace referencia a todos los procesos de gobierno, instituciones, procedimientos y prácticas mediante los que se deciden y regulan los asuntos que atañen al conjunto de la sociedad. Por eso me parece una tontera, que algunos enfatizan en la división de los Poderes Públicos; con el fin de mantener sus feudos propios; y que algunos cuestionan si alguien critica el funcionamiento de esos Poderes; todo lo contrario debe imponerse la articulación y mejoramiento en todos los ámbitos. Ya tenemos claro cuáles son las funciones y competencias de cada uno; y existe una coadministración forzada por las propias leyes de la República.
Algunos se dan hasta el tupé de afirmar que se está atacando la institucionalidad, sin alguien se atreve a cuestionar sus gestiones y administración por objetivos. Todo lo contrario la crítica constructiva es para el mejoramiento de las instituciones públicas al servicio de la ciudadanía. Esperemos que los Poderes Públicos emprendan la tarea de realizar las reformas necesarias y urgentes para que nuestra democracia republicana, libre y en paz, siga consolidándose para la vivencia civil y social, es necesario que todos nos sintamos partícipes de gozar del bienestar en paz y libertad con las bendiciones de ser costarricenses.