La Potestad Imperium del Estado en las concesiones

Vía costarricense

Johnny Soto Zúñiga

Johnny Soto Zúñiga

Cuando estudiaba en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica; siempre se nos señaló que el Estado costarricense es el ente superior, basado en nuestra Carta Magna, como el conjunto fundamental del ordenamiento jurídico del país. La Administración Pública, ejerce la potestad, poder o facultad, que comprende el poder administrativo ante los administrados, que somos todos los ciudadanos (as) de este país.

Con el reclamo de muchos costarricenses sobre la concesión del gobierno de la República para ampliar, modificar, construir una nueva carretera entre San José y San Ramón, florece distintas tesis sobre cuál debe ser la vía a seguir: si anular completamente el contrato firmado y refrendado por la Contraloría General de la República con la empresa brasileña OAS; una nueva renegociación o simplemente la nulidad o relativa de todo el proceso de concesión que ha durado casi 10 años.

Recordemos que la concesión es el acto por el cual la administración pública le transfiere a otro sujeto de derecho, por lo general de derecho privado; en este caso de carácter traslativo, “en las que el derecho del concesionario nace como consecuencias directa e inmediata del traspaso de poderes propios del concedente, concesiones de servicio público y de obra pública.” (Tratado de Derecho Administrativo Tomo I. E. Jinesta. Pág. 629)

En este tipo de contratos nacionales, donde el precio o las sumas de dineros son altamente cuantiosas, debe privar siempre el interés público; primero que la obra pública se haga de la mejor manera; segundo que satisfaga a todos los ciudadanos (as) de la República, que son los que van a disfrutar de la nueva vía, serán sus usuarios; y el Estado representado por el gobierno se debe finalmente a éstos, y no a otros intereses privados.

En Costa Rica, el tema de las concesiones, como una nueva figura jurídica para hacer obras e infraestructura pública, no ha sido de la satisfacción del pueblo costarricense; y debería replantearse claramente cuáles son los objetivos y fiscalizaciones a ultranza que garantice que el producto final sea lo mejor y como lo merece el país; incluso creo que muchos pagaríamos por un mejor servicio, con carreteras de primer mundo, no obstante pareciera que con esta carretera a San Ramón, no estamos ante este caso; como lo fue también la ruta 27 de dos carriles (carretera a Caldera); donde después de 40 años de espera se hizo, pero que puede colapsar en cualquier momento.

La suma estipulada en el contrato con OAS, es demasiado alta -casi $ 600 millones-, y muchos expertos en la materia, han expresado que duplica los costos verdaderos -esto es precisamente lo que queremos todos los costarricense se nos aclare-; porque pagamos impuestos, peajes, y lo mínimo que tenemos derecho es a una explicación clara y transparente de que las cosas se están haciendo bien; para el beneficio de nuestro querido país donde vivimos.

Antes de que existiera la figura jurídica de la concesión, el Ministerio de Obras públicas y Transportes -MOPT-, hacía las obras públicas y construía muchas carreteras, luego vino cediendo poco a poco la iniciativa a la empresa privada; pero era posible mediante endeudamiento externo con diversos Bancos internacionales –Banco Mundial; Banco Interamericano de Desarrollo o el BCIE etc., cuyos préstamos los aprueba la Asamblea Legislativa, según la Constitución Política. Todos esto ha venido cambiando con el contrato de concesión, donde prácticamente las cláusulas suelen ser leoninas o muy serviciales a las empresas privadas internacionales; en detrimento del Estado costarricense y las arcas públicas.

Considero, que en esta oportunidad, las cosas han pasado a más y el gobierno debe rectificar el camino, en el sentido de sentarse a escuchar a las partes. Los altos personeros del Partido Liberación Nacional; su candidato presidencial y otras figuras públicas, han pegado el grito al cielo y llamado de atención al plantear una renegociación o rescisión del contrato firmado. Aquí debe surgir la Potestad Imperium del Estado; y no manifestarse que es imposible anular el contrato, porque en las cláusulas debe quedar muy bien estipulado, que se pueda rescindir el contrato, cuando se den diversas causas o circunstancias en detrimento del país.

De lo contrario de no poder rescindirse este contrato o cualquier contrato firmado por el Estado, estaríamos retrocediendo al pasado con los perjuicios a nuestra soberanía de los denominados “Contratos-Ley” -como el que se quiso firmar con la transnacional ALCOA en 1970 y otros que son para no recordar-; los cuales en forma complaciente se entregan las riquezas a las empresa privadas internacionales. Por lo tanto si el contrato de marras es un contrato puramente administrativo, bajo la figura de concesión, por la vía de la derivación constitucional el Gobierno si puede modificar o rescindir este contrato; con el fin de que prive el interés público de los administrados sobre uno particular.

Esperemos los próximos acontecimientos de este caso; y posteriormente estaríamos analizando aspectos jurídicos importantes, con el fin de promover una modificación a todo el sistema de concesiones planteadas mediante ley, y que puede sufrir modificaciones, para hacer prevalecer lo positivo sobre los aspectos negativos, que es claro ha pesado más en las distintas concesiones otorgadas en Costa Rica.

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Un comentario

  1. Johnny Soto Zúñiga

    Vox Populi, Vox Dei – La voz del pueblo, es la voz de Dios -. El gobierno de la República hizo valer sus potestades como manda nuestra Constitución Política; y procedió como se debe a la anulación del contrato de concesión con la empresa OAS. Se debe revisar profundamente la Ley de Concesiones, para no verse en estos procesos no satisfactorios para el pueblo costarricense. Me preocupa lo «de mutuo acuerdo»; esperemos que el pueblo no deba pagar altos costos económicos en $, sobre esta anulación bilateral.-

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