Fortalecer el desarrollo del Sector Comunal

Vía costarricense

Johnny Soto Zúñiga

Johnny Soto Zúñig

Existe en la corriente legislativa presentado un proyecto de “Ley para fomentar el desarrollo del sector comunal”; con el objetivo de que se le inyecten recursos económicos a las asociaciones de desarrollo comunal de los cantones. Aparte del apoyo que se da actualmente por las instituciones públicas; de parte de la Dirección Nacional de Desarrollo Comunal (DINADECO), y las Municipalidades; con este proyecto se determinaría que por Ley el aporte sería del 5% de la recaudación anual del Impuesto de los Bienes Inmuebles que realizan las 82 Municipalidades del país. Para dicho aporte se tendrá que reformar el Código Municipal en el sentido similar como lo señala el artículo 170 sobre la asignación de los ingresos ordinarios a los Comités Cantonales de Deportes y Recreación.

El Proyecto de Ley establece que las asociaciones deberán rendir un informe sobre el uso y el destino de los recursos públicos, de los proyectos locales e infraestructura; el porcentaje asignado debe ser usado en las propuestas del Plan Anual de Trabajo y dar una transparente rendición de cuentas; incluso señala que si una asociación o unión cantonal o zonal utilizan los recursos para fines distintos al proyecto presentado se exponen a una sanción por cuatro años de inhabilitación. Me parece lo anterior como fundamental; para que no se dé un mal uso de los recursos, y no sean utilizados de manera ocurrente o poco transparente. En esta rendición de cuentas tanto el Concejo Municipal que tiene la atribución de aprobar el Presupuesto Ordinario y los extraordinarios conforme al artículo 13 inciso b) del Código Municipal; así como las atribuciones que goza la Auditoría de fiscalizar e informar sobre el buen uso de los recursos públicos; serían fiscalizadores.

Es imprescindible que la descentralización y el marco competencial de los Gobiernos Locales; va de la mano con las asociaciones comunales de los distritos, organizadas por barrios y caseríos para la búsqueda de las soluciones de los múltiples problemas existentes (es decir saben donde les aprieta el zapato y cuáles son las necesidades inmediatas). No se puede pretender seguir viviendo en un Estado altamente centralizado; que acapara todos los asuntos de la gestión pública. Considero que desde este primer eslabón estatal; en una alianza estratégica entre Municipios y asociaciones comunales; se pueden lograr objetivos comunes en pro del bienestar de todos los ciudadanos y vecinos. Se deben dar los instrumentos específicos para que estos desarrollen una capacidad estructural, administrativa, técnica, humana y financiera.

Es parte fundamental para obtener una organización descentralizada tanto en lo territorial y funcional; si bien las asociaciones comunales son inferiores a las Municipalidades; al trasladarse recursos financieros a éstas; se logran una planificación en aras de que conjuntamente avancemos en el desarrollo cantonal. Con este traslado de fondos públicos; estaríamos ante un modelo de desconcentración de parte del propio Gobierno Local. Las Asociaciones comunales tendrían una autonomía para implementar los proyectos de servicios e infraestructura en sus comunidades (por ejemplo poner cámaras de seguridad en los barrios y construcción de canchas recreativas y deportivas etc.); pero tendrían que presentar los proyectos bien elaborados técnicamente y sostenibles ante la Municipalidad y demás instituciones públicas que les trasladen recursos. Es fundamental la fiscalización y vigilancia de parte del Gobierno Local al otorgar el 5% por Ley para fortalecer a las asociaciones comunales.

Traigo a colación un aspecto fundamental para lograr el desarrollo cantonal y comunal desde la perspectiva de la planificación y la administración por objetivos. Se debe implementar el sistema “como un proceso por medio del cual los administradores superiores y subordinados de una organización, conjuntamente, identifican sus metas comunes, definen las áreas principales de responsabilidad de cada individuo en términos de los resultados que de él se esperan y emplean estas medidas como guías para el manejo de la unidad y para evaluar la contribución de cada uno de sus miembros.” (Administración por objetivos. George S. Odiorne. Págs. 68 y 69)

En el mismo sentido existen los Lineamientos Generales sobre la Planificación del Desarrollo Local emitidos por la Contraloría General de la República en el 2009 que señala en lo conducente:

“Considerando: 1° Que el artículo 11 de la Constitución Política señala que la Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes.

Capítulo II Planificación del Desarrollo Local. 2.1. Concepto. Es el proceso mediante el cual las municipalidades o concejos municipales de distrito, demás instituciones públicas, organizaciones privadas y los ciudadanos, se organizan para orientar el uso de los recursos locales y externos en procura del bienestar de sus habitantes. Esta planificación comprende un conjunto de fases continuo, dinámico, participativo y flexible, mediante el cual se formulan, aprueban, ejecutan, controlan y evalúan los planes de desarrollo local previstos en el ordenamiento jurídico, los cuales corresponden tanto para el corto (1 año) como para el mediano (entre tres y cinco años) y largo plazo (10 años o más) según el caso.

El proceso de planificación del desarrollo local debe considerar la planificación de la organización municipal para su mejoramiento continuo, de manera que se facilite llevar a la práctica las acciones definidas por las instituciones públicas, las organizaciones privadas y los ciudadanos, que son responsabilidad directa de la municipalidad o concejo municipal de distrito. 2.2. Conformación. La planificación del desarrollo local estará integrada por el conjunto de normas, principios y procedimientos utilizados en el proceso, así como por la participación de las municipalidades o concejos municipales de distrito, las demás instituciones públicas, organizaciones privadas y de los ciudadanos, cada cual según su ámbito de competencia.”

Los anteriores principios serían implementados y ampliados para la alianza estratégica de trabajo y gestión pública con todas las Uniones Cantonales de Asociaciones Comunales y en específico por las asociaciones de desarrollo comunal de los barrios y zonales. Entonces con planificación y formulación de programas previamente estudiados; se lograrán que los proyectos se realicen de la mejor manera en cada barrio y así rendirle cuentas tanto al Gobierno Local como a los propios ciudadanos y contribuyentes que cancelan los respectivos impuestos municipales.

Finalmente; espero que las Municipalidades, las Federaciones, y todas las organizaciones que aglutinan a las Asociaciones de Desarrollo Comunal del país; se unan en este gran objetivo común e impulsen esta excelente iniciativa y que se logre el objetivo de aprobar el Proyecto de Ley para fomentar el desarrollo del Sector Comunal. Estaremos pendientes y monitoreando el avance y convoco a todos para apoyar este proyecto de Ley tan necesario y así avanzar en la verdadera descentralización territorial y local en Cota Rica.

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