Entrevista Max Loría: “Menos armas igual menos homicidios”

Rosita Argüello entrevista a MAX LORÍA viceministro de paz del ministerio de justicia y paz.

Hace poco días en el salón multiusos de Casa Presidencia se dio a conocer la campaña de prevención contra la violencia armada. La iniciativa es comandada por Max Alberto Loría Ramírez, Viceministro de paz, y seguido por una serie de organizaciones de la sociedad civil donde sobresale el aporte de la Fundación Para la Paz y Democracia (FUMPADEM). Es el propio viceministro de paz Max Loría quien nos explica esta actividad.

Max Loría

CAMBIO POLÍTICO – ¿En qué consiste la campaña de prevención contra la violencia armada?

MAX LORÍA – La campaña es un esfuerzo por llevar mensajes de prevención de la violencia armada a grupos que han sido vulnerados como los niños, los jóvenes y las mujeres. Mensajes como las armas son peligrosas, los riesgos que traen y que no es bueno tenerlos en las casas ni en los centros educativos.

CP – ¿Cuales son los objetivos de la campaña?

ML- El objetivo primero es el llevar estos mensajes a niños, jóvenes y mujeres pero también de empujar el proceso de reforma a la ley de tenencia de armas el cual tiene varios años de estar en la Asamblea Legislativa y que el país está necesitando para continuar en la reducción del nivel de homicidios.

CP- ¿La campaña nace a raíz de los acontecimientos que se han realizado en las escuelas de otros países?

ML – No vamos a negar que las tragedias sucedidas en centros educativos de otros países de alguna manera le da fuerza al tema, pero lo cierto es que hemos venido trabajando este asunto desde hace seis años, teniendo muy presente el problema de las armas de fuego que ha sido planteado por muchos estudios y análisis que se han realizado sobre la seguridad ciudadana.

CP – ¿Cómo se da la alianza con FUNPADEM y otras organizaciones?

ML – En el constante esfuerzo de participación y de involucrar a otros actores de la sociedad civil, además FUNDAPEM trabaja en el marco de la estrategia regional de seguridad, pero nosotros estamos hablando constantemente con la sociedad civil.

CP – ¿Y el proyecto de reforma a la ley cuenta con la anuencia de los diputados?

ML – La reforma a la ley tiene las características propias de la Asamblea Legislativa unos a favor y otros en contra, básicamente hay una alianza fuerte entre Liberación Nacional y el Partido Acción Ciudadana que coinciden en la necesidad de una estrategia de seguridad basada en la prevención.

CP – ¿Son muchas las armas en uso de la población?

ML – En el país hay 200 mil armas inscritas, se calcula que por cada una inscrita hay al menos una ilegal, estaríamos hablando de más de 400 mil armas en un país de cuatro millones y medio de habitantes es decir un 10% de la población podría estar armada. Estos datos tiene relación también con los homicidios ya que un 63% de los homicidios se realizan con armas de fuego y de los delitos el 55 % se cometen con armas de fuego. Está muy relacionada la proliferación de armas legales e ilegales con la delincuencia y la criminalidad en especial la más letal. El país ha venido mejorando los indicadores de seguridad ya vemos una tendencia a baja en los homicidios y asaltos pero para que podamos mantener esa tendencia es importante actuar sobre factores de riesgo como lo son las drogas y la tenencia de armas, si queremos tener menos homicidios debemos tener menos armas.

Diez principales cambios que se proponen en la nueva ley de armas
• Se incluye el concepto de potestad del Estado para conceder permisos relacionados con armas de fuego. Se incluye además el principio de restricción en cuanto a la posesión y uso de las armas de fuego. (art.3)

• Se adicionan ciertos tipos de personas inhibidas para solicitar permisos de matrícula, posición y portación de armas.

• Por ejemplo quienes tengan en su contra una medida de protección por casos de violencia doméstica, extranjeros que no posean residencia permanente, quienes se encuentren en situación de ejecución condicional de la pena u otra medida alterna o cautelar, y quienes se encuentren en suspensión del proceso a prueba (art 45).

• Las personas pueden inscribir solo un arma de fuego para su legítima defensa. Anteriormente se podían 3 armas. (art 65).

• La ley incluye la necesidad de aprobar exámenes prácticos y psicológicos como requisito para inscribir las armas (art 62).

• Se incluye como requisito para inscribir un arma la suscripción de una póliza con un ente autorizado que cubra cualquier daño causado a terceros (art. 62)

• Se amplían los lugares a los cuales está prohibido llevar un arma, aunque se cuente con el respectivo permiso. Por ejemplo: Centros y recintos recreativos, lugares de apuestas, estadios, establecimientos comerciales y lugares públicos donde se consuman bebidas alcohólicas (art 44).

• En casos de permisos para personas que prestan el servicio de seguridad privada, se incluye el requisito de acreditación de la persona ante la Dirección de Servicios de Seguridad Privada (art 70).

• Se amplía la sanción a quien posea o porte armas prohibidas. Ahora se establece entre 2 y 8 años de prisión (art 146). Se amplía también la sanción a quien porte armas con el respectivo permiso de inscripción vencido, que queda de 1 a 3 años de prisión (art 125). Para quien porte o posea un arma de fuego no inscrita se establece una pena de 1 a 5 años de prisión. (art 130).

• Se crea el Fondo de Control de Armas para fortalecer las capacidades de control y fiscalización de la Dirección General de Armamento y la Escuela Nacional de Policía (art 149).

• No se puede matricular armas de fuego que no cuenten con las marcas mínimas para su registro e identificación (art 28).

• Para la compra de munición, se establece el requisito de quela misma corresponda al arma de fuego matriculada por el comprador (art 57).

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