Reformas legales urgentes (II)

Vía costarricense

Johnny Soto Zúñiga

Johnny Soto Zúñiga

Hace algunos meses me había referido al tema de que en el país, era sumamente necesario implementar varias reformas legales urgentes. Con sumo agrado y para beneficio de todos los costarricenses, finalmente en estos días el presidente de la República Luis Guillermo Solís, firmó la promulgación de la reforma integral a Ley del Sistema de Banca para Desarrollo N° 8634, luego de un largo proceso de reformas y modificaciones, y en la cual la Sala Constitucional había señalado que se realizara algunas reformas puntuales. Esto permitirá que las pequeñas y medianas empresas más conocidas como “mipymes”, tengan acceso al crédito bancario para emprender un negocio propio. Han pasado muchos años desde la existencia de la Banca para Desarrollo -SBD-, pero era fundamental hacerla real, referente al acceso de los recursos financieros para los emprendedores y pequeños productores.

1-Convenciones colectivas: También en estos días el ministro de Trabajo, Víctor Morales, ha informado a la opinión pública, que procederán a revisar alrededor de 20 convenciones colectivas en diversas instituciones públicas. Es urgente y ya es hora que se le entre a una revisión exhaustiva de lo que ha venido sucediendo con estas convenciones que una vez firmadas adquieren carácter de ley entre las partes, pero que se pueden renegociar una vez pase el plazo determinado. En muchos casos el problema ha sido que los jerarcas que negocian como parte patronal, también se benefician de las cláusulas en muchos casos abusivas, otorgando a los sindicatos y trabajadores excesivos beneficios económicos, que atentan contra el contenido presupuestario de la institución pública. Algunas convenciones colectivas han sido llevadas ante la Sala Constitucional, y ésta ha resuelto eliminar las cláusulas o normas abusivas.

2-En nombre de los pobres: Lamentablemente se ha informado el aumento de la pobreza (del 20,6% al 22,4%) y el desempleo en el país, por parte de la Encuesta Nacional de Hogares. A través de muchos años, se ha lucrado en “nombre de los pobres”; los gobiernos y los políticos demagogos han hecho múltiples estudios, diagnósticos, pagado consultorías, para conocer de un asunto que todos conocemos. Se puede emitir un decreto ejecutivo para solucionar el problema es de articulación y coordinación de las diversas instituciones públicas encargadas de la asistencia social; se ha convertido es un círculo vicioso y esto va en contra de solucionar el problema de poder bajar los índices de pobreza. Por otra parte bajar el índice de desempleo, va aparejado con ejecutar políticas claras por parte del gobierno y los sectores productivos.

3-Reformas fiscales: Estamos claros que los paquetes tributarios integrales, no tienen viabilidad legislativa, donde han sido un fracaso en forma recurrente. Al parecer se impone una reforma fiscal parcial o específica; el gobierno enviaría el proyecto de transformación del impuesto de ventas a impuesto al valor agregado -IVA-, que permitiría al Ministerio de Hacienda mayores controles y fiscalización del tributo; esto ayudaría a la recaudación de mayores ingresos al fisco, evitando la evasión y elusión de parte de todos los actores. En momentos de una crisis del déficit fiscal, se necesita una medida correctiva, que garantice los ingresos frescos a la hacienda pública nacional.

4-Presupuesto Nacional: Aunque el debate ha sido intenso en los últimos meses, sobre recortar o no los supuestos “gastos superfluos”; en realidad ha sido un estira y encoge entre el gobierno de la República y los diputados integrantes de la comisión de Asuntos Hacendarios. El monto del presupuesto enviado por el gobierno fue de 7,9 billones de colones; y al parecer el rebajo final será de apenas un 1% del total, que aprobará la Asamblea Legislativa al 30 de noviembre. Ojalá que para el futuro se siga la discusión de eliminar los gastos superfluos que deben de haberlos, pero que a veces se hace difícil que las instituciones acepten su existencia. Hemos observado que los jerarcas han defendido con vehemencia y advertencias de que no permitirán recortes a sus presupuestos institucionales.

5-Ley de Empleo Público: Actualmente está presentado en la corriente legislativa el proyecto de Ley N° 15290, y en la exposición de motivos tiene como objetivo: “Homogenizar los diferentes regímenes de empleo público guardando siempre las asimetrías razonables que ellos deben ofrecer para garantizar apropiadamente los derechos de los trabajadores y a la vez, la eficiente prestación de los servicios públicos”. El Estatuto de Servicio Civil, Ley N° 1581 de 30 de mayo de 1953, solo se limitó a regir los alcances hacia el Poder Ejecutivo y sus servidores; fue omiso en cuanto a las instituciones públicas autónomas de la Administración Pública. Considero importante que esta ley se discuta y se apruebe prontamente a fin de regular todo lo referente al régimen de empleo público en general; y que se logre la integración y uniformidad de los distintos regímenes vigentes; sin embargo establece las exclusiones respectivas como el Poder Judicial, la Asamblea Legislativa, los miembros de los Supremos Poderes y otras exclusiones.

Sobre el anterior tema recordamos lo escrito por el profesor y ex ministro de Planificación, Wilburg Jiménez Castro quien afirmaba desde los años 80s del siglo pasado que: “Nuestra Administración Pública ha carecido hasta el momento de un verdadero Sistema de Administración de Personal. Esto significa que las diferentes unidades, estructuras legales y procedimientos relacionados con la administración personal en el sector público no han actuado como un conjunto de partes interdependientes e interactuantes con un sentido de finalidad, tal como se entiende un sistema. El personal público ha sido administrado a través de una serie de regímenes de personal que han creado una verdadera anarquía en todos los campos de la gestión de recursos humanos.

En efecto, cada una de las instituciones autónomas tiene su manera distinta de administrar el personal; el Poder Judicial tiene su propio régimen; el personal del Poder Ejecutivo es administrado a través de un Estatuto de Servicio Civil y finalmente el personal del Régimen Municipal es administrado según el criterio de cada una de las 81 municipalidades existentes.” (Génesis del gobierno de Costa Rica 1821-1981. Vol. II. Wilburg Jiménez Castro. Pág. 72)

Se concluye, la urgencia e importancia de transformar el Estado, hacerlo más eficiente, ágil, y que prive el interés público sobre el interés de la Administración Pública, cuando exista conflicto. La planificación tan dejada de lado, ha permitido que el Estado se convierta en ineficiente, con mucha tramitología, engorroso y muy burocrático. En un mundo globalizado, de mayor competitividad, donde las relaciones institucionales y del sector productivo, deben avanzar hacia un desarrollo social y económico del país; es de suma urgencia iniciar con las reformas puntuales en el Estado costarricense; promulgando leyes que hagan más eficiente el sistema de la administración pública y su diversidad de instituciones públicas.

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